Para obtener información, llame sin cargo:
1-833-9TX-RENT • 1-833-989-7368
Lunes a viernes • 9 a.m .-- 6 p.m. CST • La ayuda está disponible en varios idiomas.
Preguntas Frecuentes
Declaración de impuestos
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¿Le enviará el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas un Formulario 1099-MISC del Servicio de Rentas Internas a los propietarios de unidades y proveedores de servicios públicos que hayan recibido fondos a través del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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Sí. Los propietarios de unidades y proveedores de servicios públicos que hayan recibido por lo menos $600 en asistencia del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas en el año calendario 2021 recibirán un Formulario 1099-MISC del Servicio de Rentas Internas para el 2021 a más tardar en febrero del 2022.
Los formularios serán emitidos electrónicamente por HORNE a más tardar el 31 de enero del 2022. Si los propietarios de unidades o proveedores de servicios públicos necesitan actualizar sus direcciones de correo electrónico, deben contactar al centro de atención llamando al 833-989-7368 para solicitar un cambio a esa información a más tardar a las 5 p.m. del viernes 21 de enero del 2022.
El Formulario 1099-MISC del Servicio de Rentas Internas para el 2021 no será enviado a los inquilinos que recibieron fondos directamente del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. Los pagos hechos directamente a las familias elegibles no son considerados ingresos sujetos a impuestos para los miembros de dichas familias.
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Yo soy un inquilino que recibió pagos de Asistencia de Emergencia para el Pago de Rentas del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas para ser usados para el pago de mi renta. ¿Deben incluirse estos pagos en mis ingresos brutos?
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No. Los pagos de Asistencia de Emergencia para el Pago de Rentas hechos a familias elegibles no son considerados ingresos de los miembros de dichas familias.
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Yo soy un inquilino que recibió pagos de Asistencia de Emergencia para el Pago de servicios públicos del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas para ser usados para pagar mis servicios públicos o gastos de energía para mi hogar. ¿Deben incluirse estos pagos en mis ingresos brutos?
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No. Los pagos de Asistencia de Emergencia para el pago de servicios públicos, incluyendo pagos para servicios públicos o gastos de energía para el hogar hechos a familias elegibles no son considerados ingresos de los miembros de dichas familias.
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Yo soy un inquilino que recibió pagos de Asistencia de Emergencia para el Pago de Rentas o servicios públicos del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas para ser usados para pagar mi renta, servicios públicos, y/o gastos de energía para el hogar, pero el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas hizo esos pagos directamente al propietario de mi unidad y/o proveedor de servicios públicos en mi nombre. ¿Deben incluirse estos pagos en mis ingresos brutos?
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No. Los pagos de Asistencia de Emergencia para el Pago de Rentas hechos en nombre de familias elegibles no son considerados ingresos de los miembros de dichas familias.
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Soy el propietario de una unidad y tengo un inquilino que calificó para asistencia para el pago de servicios públicos. El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas me envió un pago de renta en nombre de mi inquilino. ¿Debe incluirse este pago en mis ingresos brutos?
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Sí. Los pagos para la Asistencia para el Pago de Rentas tienen la intención de ayudar a las familias elegibles que requieren ayuda financiera para pagar la renta, servicios públicos, gastos de energía para el hogar, y otros gastos relacionados, y estos pagos son excluidos de los ingresos de estas familias únicamente. Los pagos por renta que usted recibe como propietario de una unidad, ya sea directamente de su inquilino o del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas en nombre de su inquilino, deben incluirse en sus ingresos brutos.
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Yo manejo una compañía de servicios públicos que tiene un cliente que calificó para pagos de Asistencia de Emergencia para el Pago de Rentas. El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas le envió a mi compañía un pago por servicios públicos en nombre de mi cliente. ¿Debe incluirse este pago en los ingresos brutos de la compañía?
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Sí. La Asistencia de Emergencia para el Pago de Rentas tiene la intención de ayudar a las familias elegibles que requieren ayuda financiera para pagar la renta, servicios públicos, gastos de energía para el hogar, y otros gastos relacionados, y estos pagos son excluidos de los ingresos de estas familias únicamente. Los pagos por servicios públicos que su compañía recibe como proveedor de servicios públicos, ya sea directamente de su cliente o del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas en nombre de su cliente, deben incluirse en los ingresos brutos de su compañía.
Preguntas acerca del cierre del portal
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¿Por qué cerraron el portal de aplicaciones el 5 de noviembre del 2021 y el 16 de marzo del 2023?
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Debido a que el total de solicitudes enviadas excede la cantidad de fondos disponibles en el programa, cerramos el portal de solicitudes de Texas Rent Relief a nuevas solicitudes y solicitudes de fondos adicionales. El envío de una solicitud no garantiza el pago, pero las solicitudes enviadas que se están revisando actualmente se seguirán procesando hasta que se utilicen todos los fondos del programa. Con los fondos restantes, anticipamos continuar desembolsando asistencia hasta enero o febrero de 2022.
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Inicié una solicitud, pero no tuve la oportunidad de enviarla antes de que se cerrara el portal de solicitudes.
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En noviembre del 2021, cuando se cerró el portal de aplicaciones, los aplicantes tenían un período de 21 días para completar y presentar sus aplicaciones, siempre y cuando fuera antes del 26 de noviembre a las 5 p.m. CST. Sin embargo, ese período de 21 días ya pasó y a este punto, los aplicantes ya no pueden presentar sus aplicaciones.
En marzo del 2023, debido a que la cantidad total de aplicaciones presentadas cuando se reabrió el portal había excedido por mucho la cantidad de fondos aún disponibles del programa, los aplicantes no podían completar y presentar sus aplicaciones que habían estado incompletas cuando cerró el portal de aplicaciones.
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¿Qué sucede si yo ya apliqué para asistencia, pero recibí una orden de desalojo?
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Si usted ya ha presentado su aplicación y ahora afronta un proceso legal de desalojo, por favor llame al centro de atención del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas al 1-833-989-7368 para actualizar su aplicación pendiente. Las aplicaciones de los inquilinos que afrontan procesos legales de desalojo forman parte del grupo prioritario para revisión. Estas aplicaciones son priorizadas para reducir el tiempo de proceso y aumentar la probabilidad de que el desalojo sea evitado.
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¿Cómo puedo darle seguimiento al estado de mi aplicación, si yo presenté mi aplicación antes del cierre del portal de aplicaciones?
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Los propietarios de unidades y los inquilinos pueden consultar el estado de su aplicación al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas aquí o llamando al 1-833-989-7368.
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¿Qué se le puede decir a las personas que todavía necesitan asistencia? ¿Cuáles son sus opciones?
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Cientos de miles de habitantes de Texas aplicaron para recibir asistencia para el pago de rentas, lo cual demuestra qué tan grande es la necesidad en el estado.
Más de 30 ciudades y condados de Texas también recibieron fondos de parte de la Tesorería, como ayuda de emergencia para el alquiler y los servicios públicos, y varios de estos programas aún están recibiendo solicitudes y están listos para prestar ayuda. Use esta herramienta de la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) para buscar si tienen servicio en su área: herramienta de búsqueda CFPB.
Para obtener información acerca de otras alternativas de asistencia, visite la página de internet de Ayuda para los Tejanos o llame al 2-1-1 de Texas para obtener información sobre organizaciones que están ayudando a los habitantes de Texas con asistencia de emergencia para el pago de rentas. Hay programas locales de asistencia para el pago de rentas disponibles en varios condados y ciudades. Usted puede encontrar más información aquí y aquí. Usted también puede comunicarse con su autoridad de vivienda pública local o con su ciudad o condado para informarse de otros tipos de asistencia disponibles.
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¿Estarán recibiendo ustedes más fondos para seguir ayudando a los habitantes de Texas?
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Al día de hoy, el total de solicitudes para asistencia ahora superan el total de fondos disponibles del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. La tremenda respuesta que ha tenido este programa demuestra qué tan grande es la necesidad en el estado. Fondos adicionales podrían estar disponibles en el futuro. Si usted desea ser notificado de futuras oportunidades para obtener fondos a través del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas, por favor inscríbase aquí.
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¿Está concluyendo el Programa de Prevención de Desalojo de Texas?
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El Programa de Prevención de Desalojo de Texas (TEDP, por sus siglas en inglés) fue establecido por medio de una orden de emergencia de la Corte Suprema de Texas. La orden actual estará vigente hasta el 1 de julio de 2023, y se puede consultar aquí: https://www.txcourts.gov/media/1456331/239024.pdf, o puede obtener más información sobre la Orden de emergencia sobre el programa de desvío de desalojos de Texas en la página web de TEDP de la corte: https://www.txcourts.gov/programs-services/eviction-diversion-program/.
Continuaremos procesando aplicaciones del que hayan sido presentadas antes de la fecha de terminación para recibir aplicaciones del viernes 16 de marzo del 2023, hasta que no haya más fondos del programa disponibles. Las aplicaciones de los inquilinos a los que se les haya iniciado un proceso legal de desalojo forman parte de un grupo prioritario para revisión. Estas aplicaciones son priorizadas para reducir el tiempo de procesamiento y aumentar la posibilidad de que el desalojo sea evitado.
Si usted/el propietario de su unidad no ha recibido ningún pago de asistencia antes de la fecha de la audiencia en la corte relacionada con su desalojo, le recomendamos enfáticamente que asista a la audiencia y le haga saber al juez que usted está buscando asistencia para el pago de renta. De lo contrario, se podría perder la oportunidad de contar su lado de la historia.
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Fui aprobado y recibí pago del desembolso inicial. ¿Voy a ser automáticamente aprobado en mi solicitud para recibir fondos adicionales?
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No. La solicitud para asistencia inicial es independiente de su solicitud para fondos adicionales (AFR, por sus siglas en inglés). Al solicitar fondos adicionales, la aplicación debe someterse al proceso de revisión de AFR. Esto resulta en una determinación independiente de su inicial o primera determinación.
Preguntas Frecuentes
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¿Cuál es el propósito del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas le ofrece ayuda para el pago de rentas y servicios públicos a las personas que apliquen y califiquen, para prevenir inestabilidad en las condiciones de vivienda, potenciales desalojos, suspensión de servicios públicos, y problemas financieros para inquilinos y propietarios, a causa de la pandemia del COVID-19.
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¿Quién es elegible para recibir asistencia del Programa de Alivio de Renta de Texas?
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Las familias de inquilinos deben tener ingresos del 80% o menos del Ingreso Medio del Área (AMI, por sus siglas en inglés) Y uno o más de los miembros de la familia deben dejar constancia por escrito que ellos han:
- Calificado para obtener beneficios por desempleo, O
- debido a la pandemia, han:
- experimentado una reducción en sus ingresos,
- tenido que hacer gastos extraordinarios, o
- experimentado otros problemas financieros.
- Y uno o más de las personas dentro de la familia deben demostrar que ellos:
- están en riesgo de perder su hogar o experimentan inestabilidad en sus condiciones de vivienda, lo cual puede incluir una notificación de rentas o facturas de servicios públicos vencidas o notificación de desalojo, O
- a menos que reciban asistencia para el pago de rentas, tendrían que moverse a vivir a un ambiente poco seguro o poco saludable, como un espacio para vivir compartido o un albergue de emergencia.
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¿Es requisito ser ciudadano de los Estados Unidos para aplicar? ¿Pueden aplicar los residentes indocumentados?
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No es necesario presentar evidencia de su estatus migratorio. Los fondos para este programa son parte del paquete de estímulo por el coronavirus aprobado por el Congreso, y como es una asistencia por emergencia no es necesario presentar documentación acerca del estatus migratorio de la familia.
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¿Se les dará prioridad a algunas aplicaciones?
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Para las aplicaciones recibidas durante los primeros veintiún (21) días desde que abrió el programa, antes del 8 de marzo del 2021 a las 11:59 p.m. CST, los siguientes aplicantes recibieron prioridad:
- Familias con ingresos del 50% o menos del Ingreso Medio del Área (AMI, por sus siglas en inglés), o
- Familias donde uno o más de sus miembros estaban desempleados en la fecha que aplicaron para asistencia, Y uno o más de los miembros de la familia (puede ser el mismo) estuvo desempleado 90 días antes de la fecha en que aplicaron para asistencia.
Todas las aplicaciones que cumplieron con estos criterios y fueron recibidas durante los primeros veintiún (21) días, serán procesadas de primero durante la revisión de aplicaciones.
Después que los casos prioritarios descritos aquí hayan sido procesados, las aplicaciones de aquellos inquilinos para los que ya se haya iniciado un proceso legal de desalojo tendrán el nivel más alto de prioridad para ser revisadas. Estas aplicaciones están siendo priorizadas para disminuir el tiempo de proceso y aumentar la posibilidad de detener los procesos de desalojo.
Después que todas las aplicaciones prioritarias hayan sido procesadas, el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas procederá a revisar y procesar todo el resto de aplicaciones, incluyendo aquellas presentadas durante los primeros veintiún (21) días. Todas las aplicaciones no prioritarias serán revisadas y procesadas por orden de llegada hasta que todos los fondos del programa hayan sido distribuidos.
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¿Quién puede aplicar a partir del 15 de febrero?
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Se les permitió a todos los aplicantes que aplicaran durante los primeros veintiún (21) días, ya fuera que cumplieran con los criterios prioritarios o no.
Después de que todas las aplicaciones prioritarias hayan sido procesadas, el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas procederá a revisar y procesar todo el resto de aplicaciones, incluyendo aquellas presentadas durante los primeros veintiún (21) días. Todas las aplicaciones no prioritarias serán revisadas y procesadas por orden de llegada hasta que todos los fondos hayan sido distribuidos.
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¿Qué asistencia financiera se recibe bajo el programa?
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Los fondos del programa pueden usarse hasta para dieciocho (18) meses de asistencia para los siguientes costos:
- rentas, rentas vencidas y recargos razonables por rentas atrasadas (como resultado del incumplimiento del pago de rentas);
- servicios públicos y energía para el hogar; y
- servicios públicos y energía para el hogar vencidos
Cada mes calendario en que una familia de inquilinos reciba asistencia del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas se contará hacia el límite de 18 meses de asistencia que puede recibir, independientemente del tipo de asistencia recibida. Los aplicantes deben reaplicar cada tres meses, y recibirán la asistencia únicamente si aún hay fondos disponibles. El programa no puede pagar los alimentos de la familia.
Los costos de renta y servicios públicos son elegibles para recibir asistencia a partir del 13 de marzo del 2020 (el día que el Gobernador Abbott declaró el Estado de Emergencia para Texas). Se aceptan solicitudes prorrateadas para el mes de marzo del 2020.
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¿Existe algún límite sobre la cantidad de renta que una unidad puede cobrar para recibir asistencia para el pago de rentas?
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La renta no puede ser mayor de $4,600 por mes. Las unidades que sobrepasen este límite no son elegibles para recibir ayuda bajo el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. Los inquilinos en estos casos deben buscar ayuda de otros programas de asistencia para el pago de rentas.
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¿Cuál es la cantidad máxima de asistencia para el pago de rentas?
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Se proveerá asistencia para rentas de hasta $4,600 al mes. Los fondos del programa pueden ser usados para cubrir hasta dieciocho (18) meses de asistencia.
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¿Los inquilinos deben tener rentas vencidas para aplicar, o pueden simplemente encontrarse en problemas económicos y tener dificultad para pagar el siguiente mes?
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No, un inquilino no necesariamente debe tener pagos vencidos. Sin embargo, para ser elegible, las familias deben tener una renta o una factura de servicios públicos vencida O certificar que, a menos que reciban asistencia para el pago de rentas, tendrían que vivir en un ambiente poco seguro o poco saludable durante la pandemia, como un espacio para vivir compartido o un albergue de emergencia.
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¿Por favor puede explicar un poco más acerca de las condiciones de vida poco seguras o poco saludables? ¿Cómo se determina esta situación?
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La familia debe declarar que ha experimentado o ha estado en riesgo de experimentar tener que vivir en un ambiente poco seguro o poco saludable durante los meses para los que está solicitando asistencia. Esto podría incluir un espacio para vivir compartido que esté sobrepoblado o un albergue de emergencia donde el riesgo de ser contagiado con COVID podría aumentar significativamente. La unidad actual del inquilino no tiene que ser poco segura o poco saludable y no se hará una inspección de las unidades actuales para cumplir con este requerimiento.
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¿Hay alguna guía que de instrucciones paso a paso para que los propietarios y/o inquilinos apliquen para recibir asistencia?
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Ya tenemos varios tutoriales disponibles aquí https://texasrentrelief.com/forms-resources/ y estaremos agregando a la misma página otros más.
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¿En qué parte de la página de internet puedo encontrar los requisitos para propietarios e inquilinos?
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Para obtener información específica de los propietarios e inquilinos, revise la sección de Landlord and Tenant FAQs (Preguntas y Respuestas para Propietarios y para Inquilinos) en esta página. Usted también puede encontrar documentos adicionales del programa en re https://texasrentrelief.com/forms-resources/.
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¿Se les notificará a los propietarios y a los inquilinos cuando se haga un pago?
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Después que una aplicación sea aprobada, el inquilino y el propietario de la unidad (si está participando) primero reciben un correo electrónico de un analista del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP, por sus siglas en inglés) con un desglose de los meses y costos que fueron aprobados, y el tiempo estimado para pago – de 7 a 14 días después de la aprobación.
Después de eso, se les recomienda al inquilino y propietario monitorear el estado de pagos de su aplicación usando el sistema de Neighborly.
Preguntas Generales
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¿Cuánto tiempo permanecerá abierto el portal del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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El portal, que se mantendría abierto y recibiendo aplicaciones hasta que todos los fondos hubieran sido asignados a los aplicantes, ya no está aceptando nuevas aplicaciones a partir del viernes 5 de noviembre del 2021, cuando la cantidad total de fondos solicitados por los aplicantes sobrepasó la cantidad de fondos disponibles del programa. Los aplicantes que habían iniciado sus aplicaciones (incluyendo solicitudes de fondos adicionales) antes del 5 de noviembre fueron notificados que tendrían hasta el 26 de noviembre del 2021 para completar y presentar sus aplicaciones. El portal fue cerrado a todas las aplicaciones el 26 de noviembre del 2021.
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¿Cuándo sabré si mi aplicación fue aprobada?
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Para las aplicaciones recibidas durante los primeros veintiún (21) días que no cumplen con los criterios de prioridad y/o las aplicaciones recibidas después de los primeros veintiún (21) días, los aplicantes deben esperar que pasen varias semanas antes de que sean informados del estado de su aplicación.
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¿Por qué se extendió la fecha límite de las aplicaciones de los grupos prioritarios hasta el 8 de marzo?
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La fecha límite para los grupos prioritarios se extendió porque los cortes de electricidad causados por la tormenta de nieve Uri impidieron que muchas personas pudieran aplicar.
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¿Quién debe completar la aplicación del inquilino – el inquilino o el propietario de la unidad? ¿Quién debe completar su aplicación primero?
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Se recomienda que el propietario de la unidad inicie una solicitud en el sistema en nombre de su inquilino para que esté clara y correctamente asociada con la propiedad y su propietario. El sistema enviará automáticamente un correo electrónico al inquilino, solicitándole que proporcione cualquier información faltante, incluyendo los documentos de ingresos, y que firme electrónicamente la aplicación.
Si el inquilino no tiene una dirección de correo electrónico, el propietario de la unidad puede imprimir el formulario de la aplicación, obtener una firma física, y cargar la aplicación y documentos de ingresos relacionados en nombre del inquilino. Si fuera necesario, un representante del programa se comunicará con el inquilino para ayudarle a recolectar toda la información y documentación necesaria para completar el perfil del inquilino. Alternativamente, el propietario o administrador de la propiedad puede trabajar junto al inquilino para crear una cuenta y completar la aplicación en línea en nombre del inquilino.
El inquilino también puede aplicar directamente, sin la ayuda del propietario de su unidad. En estos casos, se le notificará al propietario y se le pedirá que participe. Aunque un inquilino elija aplicar directamente, el programa tiene la obligación de pagarle primero al propietario.
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¿Cómo aplico para recibir asistencia para el pago de rentas bajo el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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Complete una aplicación en línea en TexasRentRelief.com O llame a un representante del programa al teléfono (833) 9TX-RENT (llamada gratis) para aplicar por teléfono. En el número de teléfono gratis usted puede recibir ayuda en varios idiomas.
Propietarios
- Al aplicar en línea, un propietario puede crear un perfil, incluir todas las propiedades que administra, e identificar a todos los inquilinos para los que está solicitando asistencia.
- El sistema enviará automáticamente un correo electrónico a cada uno de los inquilinos identificados, solicitándoles que completen su perfil de inquilino.
- Si el inquilino no tiene una dirección de correo electrónico, el propietario de la unidad puede imprimir el formulario de la aplicación, obtener una firma física, y cargar la aplicación y documentos de ingresos relacionados en nombre del inquilino. Si fuera necesario, un representante del programa se comunicará con el inquilino para ayudarle a recolectar toda la información y documentación necesaria para completar el perfil del inquilino. Alternativamente, el propietario o administrador de la propiedad puede trabajar junto al inquilino para crear una cuenta y completar la aplicación en línea en nombre del inquilino.
Inquilinos
- Si el propietario de su unidad está dispuesto a participar, usted puede aplicar directamente y el propietario será contactado para solicitar información adicional.
- Si el propietario de su unidad decide no participar en el programa, usted puede aplicar para recibir asistencia para el pago de rentas completando la aplicación en línea o llamando al número gratis indicado anteriormente para aplicar por teléfono.
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¿Qué puedo hacer si necesito más ayuda o necesito verificar el estado de mi aplicación?
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Usted puede darle seguimiento al estado de su aplicación por medio del tablero en línea o llamando al teléfono 1-833-9TX-RENT (1-833-989-7368) (llamada gratis) para hablar con un representante del centro de atención del programa. Usted será notificado si necesitamos información adicional para completar su aplicación. El centro de atención está disponible de lunes a sábado de 8 a.m. a 6 p.m. CST, y hay ayuda disponible en varios idiomas.
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¿Qué pasa si mi solicitud para recibir asistencia no es elegible?
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Los aplicantes pueden apelar las decisiones de elegibilidad. Las instrucciones para apelar están disponibles en línea en TexasRentRelief.com. También le recomendamos que llame al 211 para obtener un listado de otros recursos para recibir asistencia.
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¿Las rentas y facturas por servicios públicos vencidas en el 2020 son elegibles para recibir asistencia?
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Sí. Los costos de renta y servicios públicos son elegibles para recibir asistencia a partir del 13 de marzo del 2020 (el día que el Gobernador Abbott declaró el Estado de Emergencia para Texas). Se aceptan solicitudes prorrateadas para el mes de marzo del 2020.
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¿Cuántos meses vencidos y futuros están cubiertos?
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Los fondos del programa pueden usarse hasta para dieciocho (18) meses de asistencia para los siguientes costos:
- rentas, rentas vencidas y recargos razonables por rentas atrasadas (como resultado del incumplimiento del pago de rentas);
- servicios públicos y energía para el hogar; y
- servicios públicos y energía para el hogar vencidos
Aunque los aplicantes pueden recibir asistencia hasta para 18 meses, el programa no asignará fondos para rentas previstas (futuras) por más de un período de tres meses a la vez. Los aplicantes deben reaplicar cada tres meses, y recibirán la asistencia únicamente si aún hay fondos disponibles. El programa no puede pagar los alimentos de la familia.
Los costos de renta y servicios públicos son elegibles para recibir asistencia a partir del 13 de marzo del 2020 (el día que el Gobernador Abbott declaró el Estado de Emergencia para Texas). Se aceptan solicitudes prorrateadas para el mes de marzo del 2020.
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¿Qué condados están cubiertos?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas cubre los 254 condados de Texas. Aplicantes de todas las regiones del Estado pueden aplicar.
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¿De dónde vienen los fondos para el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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El Programa de Asistencia para Emergencias en el Pago de Rentas asignó $25 billones del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos para brindar asistencia a las familias que no pueden pagar sus rentas y servicios públicos como resultado de la pandemia del COVID-19. Los fondos son asignados directamente a los Estados, territorios de los Estados Unidos, gobiernos locales, y tribus de nativo-americanos. Los receptores usan estos fondos para ofrecerle asistencia a las familias elegibles a través de programas existentes o recién creados de asistencia para el pago de rentas. Hay más información disponible aquí: https://home.treasury.gov/policy-issues/cares/emergency-rental-assistance-program.
Como parte de este programa, el Estado de Texas ha recibido cerca de $1.3 billones para asistir a los propietarios y a los inquilinos a través del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. Además, las comunidades locales en Texas con poblaciones de más de 200,000 habitantes también tuvieron la oportunidad de recibir asignaciones adicionales de estos fondos, que suman aproximadamente $700 millones.
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¿Cómo difiere este programa del Programa de Asistencia para Emergencias en el Pago de Rentas de Texas (TERAP, por sus siglas en inglés)?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR, por sus siglas en inglés) está disponible para propietarios e inquilinos en todo el Estado. Este programa permite hasta 15 meses de posible asistencia, los aplicantes aplican directamente al Estado, y el programa es financiado por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
El Programa de Asistencia para Emergencias en el Pago de Rentas de Texas (TERAP, por sus siglas en inglés) únicamente está disponible en 45 ciudades y condados que participan en el programa. El programa TERAP sólo permite hasta seis meses de asistencia y los aplicantes aplican directamente a su ciudad/condado local participante. El TERAP está financiado por el Departamento de Vivienda y Desarrollos Urbanos de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés), con fondos asignados al Estado a través de la Subvención en Bloque para el Desarrollo Comunitario (CDBG, por sus siglas en inglés), bajo la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por el Coronavirus (CARES, por sus siglas en inglés).
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¿Cómo difiere este programa de otros programas operados localmente?
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El Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas (TDHCA, por sus siglas en inglés) no tiene información específica del programa acerca de todas las áreas locales que ofrecen otros tipos de asistencia para el pago de rentas.
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¿Puede el programa compartir la Certificación de Propietarios con el inquilino?
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Sí. El programa puede compartir una copia de las certificaciones de inquilinos, propietarios o proveedores de servicios públicos con el inquilino que está solicitando asistencia, un usuario aprobado por el inquilino, un representante del propietario, o un proveedor de servicios públicos.
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Si mi solicitud para recibir asistencia es considerada no elegible, ¿puedo apelar la decisión de elegibilidad? ¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la cantidad de asistencia que se me aprobó?
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Si usted considera que su aplicación fue incorrectamente considerada no elegible o usted no está de acuerdo con la cantidad de asistencia que se le aprobó, usted puede apelar esta decisión dentro de los siguientes treinta (30) días después de la fecha en que su solicitud fue rechazada o que se envió la carta de aprobación. Para presentar una apelación, usted debe completar el Formulario de Solicitud de Apelación que se encuentra disponible en la pestaña Forms and Resources (Formularios y Recursos) de la página de internet del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP, por sus siglas en inglés), y enviarlo junto a cualquier documentación de apoyo relacionada por correo electrónico a appeals@texasrentrelief.com o por correo postal. El TRRP deberá revisar cualquier solicitud de apelación dentro de los siguientes treinta (30) días de haberla recibido.
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¿Cómo sabría un inquilino si el propietario de su unidad está participando en el programa?
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Si el propietario no está dispuesto a compartir esta información, el inquilino puede contactar al centro de atención al 833-989-7368, proporcionar el número de identificación del caso, y preguntar si hay un propietario asociado al caso.
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Cuando una aplicación tiene un estado de "Application Incomplete" (Aplicación Incompleta), ¿cómo se sabe qué información está incompleta o faltante?
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El inquilino y el propietario de la unidad (si aplica) deberían recibir un correo electrónico identificando la información incompleta o faltante. Si después de revisar el archivo de correo no deseado o basura el aplicante aún no ha recibido ninguna comunicación, debería ponerse en contacto con el centro de atención, llamando al teléfono 833-989-7368.
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¿Por qué razones se puede rechazar una aplicación?
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Una aplicación puede ser rechazada debido a varias razones, incluyendo:
- No haber incluido suficiente documentación para establecer que usted cumple con todos los requisitos de elegibilidad del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP).
- Tener ingresos económicos superiores al límite del programa.
- No poder comprobar que alquila su unidad.
- La unidad en renta no está localizada dentro del Estado de Texas.
- No haber proporcionado una identificación legible como parte de la aplicación.
El criterio de elegibilidad específico que usted no ha cumplido y cualquier información faltante o incompleta será incluido junto con la notificación que usted reciba cuando su aplicación sea rechazada.
Si usted considera que su aplicación fue rechazada por error, usted tiene 30 días para apelar esta decisión. La información acerca de cómo apelar está incluida junto con la notificación de rechazo, y también está disponible en la página de internet TexasRentRelief.com.
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¿Me puede ayudar TRRP a borrar una orden de desalojo o un incumplimiento de pago de mi historial crediticio?
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El TRRP no puede proveer ningún asesoramiento ni guía acerca del crédito de un inquilino o de las implicaciones o consecuencias de haber tenido un proceso legal de desalojo en su contra. La Oficina de Protección Financiera del Consumidor provee información relacionada con el historial crediticio y la reparación de una puntuación. Para obtener más información, visite https://www.consumerfinance.gov/consumer-tools/credit-reports-and-scores/.
Los aplicantes podrían contactar a la oficina de asistencia legal que provee servicios en su comunidad para obtener orientación de cómo pagar una deuda o cómo reparar un registro de historial crediticio.
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¿Qué pasos se toman después de la presentación inicial de la aplicación?
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Después que se presenta una aplicación, es revisada y normalmente, basado en la información y documentación recibida, se acepta o rechaza. Los revisadores pueden solicitar información o documentación adicional del aplicante antes de tomar una decisión. Si los aplicantes no responden a esta solicitud de información dentro de los siguientes 21 días, la aplicación será rechazada.
Si una aplicación es aprobada, se procesarán los pagos de las cantidades aprobadas y se les enviarán los pagos a los propietarios de unidades o inquilinos, si los propietarios no estuvieran participando en el programa. A partir del 10 de octubre del 2022, todos los pagos de asistencia para el pago de servicios públicos se harán directamente a los inquilinos. Luego, se espera que, siguiendo las reglas del programa, el inquilino les pague a sus proveedores de servicios públicos por su propia cuenta.
Si una aplicación es rechazada, el inquilino tiene 30 días para apelar esta decisión. La información acerca de cómo apelar está incluida junto con la notificación de rechazo, y también está disponible en la página de internet TexasRentRelief.com.
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¿Cómo y cuándo puedo presentar un reclamo ante el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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Los aplicantes no deberían presentar un reclamo en las siguientes circunstancias, sino que en su lugar deberían seguir los pasos recomendados, que son más apropiados en estas situaciones:
- Llamar al 1-833-9TX-RENT (1-833-989-7368) para:
- Consultar el estado de su aplicación
- Actualizar su aplicación si se ha iniciado un proceso legal de desalojo en su contra
- Solicitar ayuda para cargar su documentación faltante
- Solicitar ayuda con su aplicación
- Para consultar el estado de su aplicación, haga clic aquí.
- Para reportar una sospecha de fraude, desperdicio, o abuso de los fondos del TRR, llame al 833-61-FRAUD (833-613-7283).
- Si usted tiene preguntas acerca del cierre del portal de aplicaciones, haga clic aquí.
- Si usted necesita ayuda con el pago de una aplicación ya aprobada, por favor contacte al equipo de pagos de TRR en support@texasrentrelief.com.
Como un aplicante del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas, usted puede presentar un reclamo si:
- Usted ha tenido interacciones negativas con el personal del programa, o
- Usted considera que alguna acción tomada por el personal del programa no está de acuerdo con las expectativas establecidas en la página de internet de TRR.
Formulario de Reclamos del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas
El TRRP ha implementado un proceso para investigar y abordar los reclamos en su contra. Para reportar alguna preocupación o problema no cubierto por las recomendaciones específicas indicadas arriba, por favor presente su reclamo aquí. - Llamar al 1-833-9TX-RENT (1-833-989-7368) para:
Pagos
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¿Cuánto tiempo tomará para que se hagan los pagos?
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Una vez se haya presentado toda la papelería necesaria y la aplicación haya sido aprobada, el pago no debería tomar más de 14 días.
Para las aplicaciones recibidas durante los primeros veintiún (21) días que no cumplen con los criterios de los grupos prioritarios, los aplicantes deben esperar que tome varias semanas antes de que sean informados del estado de su aplicación.
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¿Cómo se le pagará al propietario?
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Si el propietario de la unidad está participando en el programa, completa el perfil de propietario que aparece en la lista de verificación del propietario, y presenta su información para recibir pagos mediante depósito ACH cuando se le solicite, el pago se le hará directamente al propietario de la unidad usando un depósito ACH.
Una guía del proceso para pagos del programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR, por sus siglas en inglés) está disponible aquí.
Si el propietario de la unidad no participa en el programa, no proporciona la información necesaria, o no presenta su información para pagos, el pago se le hará al inquilino mediante cheque enviado por correo, quien deberá pagarle al propietario de la unidad.
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¿Los pagos hechos a un propietario especificarán a qué inquilino, propiedad y unidad corresponden para darle seguimiento a los fondos?
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Los descriptores de los depósitos ACH especificarán la primera inicial y el apellido del inquilino. El número de factura aparece en la boleta del ACH/depósito directo o en el cheque de papel. El número de caso del inquilino puede encontrarse después de la letra “L” cuando el propietario de la unidad reciba el pago.
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Yo recibí pago para un inquilino. ¿Cómo sé a qué meses y cuentas la debo aplicar?
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Ahora usted puede encontrar un desglose de los pagos del inquilino en la Cuenta del Propietario (Landlord Account). Ingrese a la Página de Inicio (Home Page) de su cuenta (en: https://hornellp-tx.neighborlysoftware.com/texasrentrelief/Participant) y seleccione “Ver” (View), a la derecha de la cuenta del propietario de su unidad. Seleccione la pestaña “Consumos” (Draws), y bajo “Descripción” (Description) usted encontrará un desglose de los meses y cantidades mensuales, recargos por pagos atrasados, y cantidad total de asistencia incluida en el pago recibido.
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Si el inquilino aplica para asistencia para el mes actual, logra pagar su renta a tiempo, y después es aprobado para recibir asistencia, ¿puede el propietario de su unidad contabilizar esta cantidad a cuenta del inquilino como crédito? ¿O debe el propietario enviar el pago de asistencia de TRR de regreso a TRR?
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Salvo algún requisito en las leyes estatales o locales o términos del contrato que indique lo contrario, si el inquilino hiciera algún pago por sus propios medios, el propietario podría aplicar el dinero recibido del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas al mes para el que se solicitó la asistencia y abonar el pago del inquilino a un mes futuro (asumiendo que el inquilino no reciba asistencia del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas para ese mismo mes, también), o devolverle el pago al inquilino.
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¿Cómo puede asegurar el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas que los pagos hechos directamente a los inquilinos sean usados para pagarle a los propietarios//compañia de utilidades?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR, por sus siglas en inglés) requiere que los pagos hechos directamente a los inquilinos sean usados para pagarles a los propietarios de sus unidades o proveedores de sus servicios públicos el total de lo adeudado. Sin embargo, esto es muy difícil de hacerse cumplir, por lo que les recomendamos a los propietarios participar en el programa. Si un inquilino ha recibido un pago y aún no le ha pagado al propietario de su unidad o a los proveedores de sus servicios públicos, el programa TRR le solicitará a dicho inquilino que le pague al propietario de su unidad y/o a los proveedores de sus servicios públicos; si aún no lo hace, el programa TRR buscará el reembolso del pago de asistencia hecho, ya que los fondos no han sido utilizados con el fin previsto. El programa TRR le reporta a las autoridades federales y estatales relevantes la apropiación indebida de fondos — es decir, a los inquilinos que no han utilizado los fondos con el fin previsto y no han reembolsado los fondos al programa.
Los propietarios o administradores de unidades y los inquilinos pueden iniciar un proceso legal en las cortes menores o tribunales de circuito para obtener reembolsos de fondos otorgados por el programa TRR que hayan sido utilizados de manera indebida.
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¿Qué documentación puede obtener el propietario de una unidad del TRRP cuando los fondos para el pago de rentas son pagados directamente al inquilino y el inquilino no usa los fondos para pagar su renta?
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Los propietarios pueden llamar al programa al teléfono 1-833-989-7368 para solicitar pruebas de pagos electrónicos o cheques que se hayan emitido a favor del inquilino. Sin embargo, cualquier información privilegiada del banco será editada.
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¿Pueden recibir los propietarios sus pagos mediante cheques, en vez de depósitos directos o ACH/depósitos directos?
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Sí, los propietarios pueden recibir pagos mediante cheques, aunque el proceso de pago es más rápido y seguro mediante ACH/depósitos directos. Por favor consulte nuestra Guía de Pagos para más información.
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¿Cuánto tiempo después de que TRR me pague puedo obtener acceso a los fondos?
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- Si usted está recibiendo los fondos por medio de cheque: el cheque será enviado por correo postal a través del Servicio Postal de los Estados Unidos. Cuando se reciba, la asistencia debe ser utilizada inmediatamente para cubrir los costos de renta y/o servicios públicos y los meses para los que fue aprobada. Si el cheque no es depositado inmediatamente el pago se pone en riesgo de ser anulado.Tal como está escrito en el cheque, este será anulado si no ha sido depositado después de sesenta (60) o noventa (90) días de su fecha de emisión. Esto significa que si el cheque no ha sido depositado o cobrado dentro del período de sesenta (60) o noventa (90) días después de la fecha de emisión, el mismo no será válido y ya no podrá ser depositado o cobrado.En los casos donde los cheques no sean cobrados, TRR hará una revisión profunda de sus registros y tratará de comunicarse con el beneficiario -si fuera apropiado- para recolectar y corregir la información necesaria para reemitir el cheque, pero si el programa no puede identificar la razón por la que el cheque no fue cobrado o no lograra comunicarse con el beneficiario, TRR lo tomará como una indicación de que la familia ya no necesita la asistencia y usará los fondos para otras familias elegibles.
Si usted tiene un cheque que ha sido difícil de depositar, por favor llámenos al teléfono 1-833-989-7368 tan pronto como le sea posible para obtener asistencia.
- Si usted va a recibir fondos por medio de pagos electrónicos, el pago será depositado a la cuenta de banco que usted le proporcionó al programa (por medio de Bill.com si lo hizo antes del 1 de enero del 2023, o del portal Neighborly del 1 de enero del 2023 en adelante). Una vez sea recibido, el pago debe aplicarse de inmediato a la renta y/o costos de servicios públicos y meses para los que fue aprobado.
- Si usted está recibiendo los fondos por medio de cheque: el cheque será enviado por correo postal a través del Servicio Postal de los Estados Unidos. Cuando se reciba, la asistencia debe ser utilizada inmediatamente para cubrir los costos de renta y/o servicios públicos y los meses para los que fue aprobada. Si el cheque no es depositado inmediatamente el pago se pone en riesgo de ser anulado.Tal como está escrito en el cheque, este será anulado si no ha sido depositado después de sesenta (60) o noventa (90) días de su fecha de emisión. Esto significa que si el cheque no ha sido depositado o cobrado dentro del período de sesenta (60) o noventa (90) días después de la fecha de emisión, el mismo no será válido y ya no podrá ser depositado o cobrado.En los casos donde los cheques no sean cobrados, TRR hará una revisión profunda de sus registros y tratará de comunicarse con el beneficiario -si fuera apropiado- para recolectar y corregir la información necesaria para reemitir el cheque, pero si el programa no puede identificar la razón por la que el cheque no fue cobrado o no lograra comunicarse con el beneficiario, TRR lo tomará como una indicación de que la familia ya no necesita la asistencia y usará los fondos para otras familias elegibles.
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¿Cómo puede un banco o institución financiera verificar un cheque emitido por el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP, por sus siglas en inglés) antes de depositarlo o pagarlo en efectivo?
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Todos los cheques emitidos por TRRP tienen un número de verificación impreso en la parte delantera del cheque, para poder contactar al programa y verificar la validez de los cheques antes de canjearlos o depositarlos. Para verificar un cheque, llame al número que aparece en el cheque y siga los pasos de verificación que le solicitará el representante del programa. Como mínimo, el representante le pedirá el nombre que aparece en el cheque, el número de identificación de caso para pago (que aparece en la parte delantera del cheque), la fecha de emisión del cheque, y el valor del cheque.
Los propietarios o inquilinos que tengan cualquier otra pregunta relacionada con los cheques emitidos por TRRP deben llamar al centro de atención de TRRP al teléfono 1-833-989-7368 para recibir ayuda. Por favor tome nota que el centro de atención de TRRP no puede verificar los cheques de papel con el propósito de que sean depositados o pagados en efectivo, y le instruirán a las personas que llamen a que lleven sus pagos a la institución financiera de su elección.
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¿El propietario que participa en el programa TRR recibirá siempre la ayuda directa en lugar del inquilino?
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El TRRP busca la participación de los propietarios para que puedan recibir la ayuda de manera directa de ser posible. La mayoría de los propietarios que participan en el programa TRR reciben asistencia directa.
Sin embargo, pagar a los propietarios que participan en el programa no siempre es factible.
Los plazos no siempre coinciden en el momento en que el inquilino y el propietario completan cada uno una solicitud por separado, en el momento en que las solicitudes del inquilino y del propietario se asocian dentro del sistema y en el momento en que el programa establece la elegibilidad del inquilino y emite las cartas de aprobación y los cheques de asistencia.
Si la asociación entre las solicitudes del inquilino y del propietario no se ha establecido con éxito en el momento en que el programa establece la elegibilidad del inquilino y la solicitud del inquilino se aprueba para la ayuda, el inquilino recibe el pago y es responsable de utilizar la ayuda para pagar su obligación de alquiler a su propietario, como ha acordado hacer al firmar la certificación de inquilino del programa.
No hay ningún mandato federal que especifique que la ayuda de alquiler deba ser emitida a un propietario. La certificación del propietario del programa, que deberá ser firmada por todos los propietarios participantes antes de presentar una solicitud, no garantiza que el pago se emita únicamente al propietario.
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Yo me había registrado previamente en Bill.com para recibir pagos del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP, por sus siglas en inglés). Ahora que TRRP tiene un nuevo sistema de pagos, ¿cómo sabrá el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas a dónde enviarme los pagos de asistencia?
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A partir del 1 de enero del 2023, el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas tiene un nuevo proceso de pagos y ya no estará procesando pagos a través de Bill.com. Si usted tiene una aplicación pendiente, por favor esté atento a mensajes de texto, correos electrónicos, o llamadas del programa ya que trataremos de comunicarnos con usted si necesitamos más información para procesar su aplicación. Los inquilinos y propietarios deben ingresar al portal de aplicaciones Neighborly para proporcionar su información actualizada de pagos. Haga clic aquí para recibir instrucciones.
Únicamente los aplicantes de TRRP que previamente se habían registrado en Bill.com continuarán teniendo acceso a sus transacciones y al historial de su cuenta en Bill.com. Le recomendamos descargar todas sus transacciones y el historial de su cuenta para mantener un registro por cualquier referencia futura.
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Como inquilino, ¿puedo ingresar la información de mi arrendador en mi perfil de pago y solicitar que se les pague directamente?
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No, TRR solo puede pagar directamente a los propietarios si tienen su propia solicitud aprobada con información de pago válida y una certificación firmada. Esta regla está vigente por dos razones:
- Hay requisitos del programa descritos en la certificación (como aceptar no desalojar por falta de pago durante el tiempo que se brinda la asistencia) que su arrendador debe aceptar para que el programa los pague directamente, Y
- El pago hecho directamente a los propietarios cuenta como ingreso imponible. Hay información que su arrendador debe proporcionar a TRR a efectos fiscales si se van a pagar directamente.
La mejor manera de asegurarse de que su arrendador reciba el pago directo en caso de que se le apruebe la asistencia es animar a su arrendador a presentar una solicitud cuando se le invite a hacerlo.
TRR solo pagará asistencia de alquiler directamente a los inquilinos si su arrendador no participa o si la información de su arrendador no se puede validar antes de que se apruebe la solicitud de asistencia del arrendatario.
Debe ingresar su propia información de pago en su perfil de pago.
Propietario - Aplicación
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¿Es necesario un formulario W-9 para ambos, inquilinos y propietarios?
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Únicamente para propietarios.
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¿Puede el administrador de una propiedad presentar un formulario W-9 para todas las propiedades que administra y solicitar fondos en nombre de todos los propietarios de las propiedades que representa?
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Sí.
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¿Hay algo que impida que diferentes entidades bajo el mismo grupo financiero apliquen para recibir asistencia?
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Las entidades no pueden presentar solicitudes para pagos duplicadas para las mismas familias o las mismas unidades para los mismos meses. Todas las entidades que presenten solicitudes como propietarias deben proporcionar toda la información solicitada relacionada con su información bancaria y su propiedad.
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¿Qué documentación necesita el propietario de una unidad para completar la aplicación de propietario?
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Como parte de la solicitud del Programa, el propietario debe presentar la siguiente documentación para que podamos confirmar la elegibilidad:
- Documento de identificación emitido por el gobierno o documento personal de identificación (únicamente si es una persona natural/propietario único)
- Copia del contrato o acuerdo de arrendamiento. Si no existe un contrato escrito: una declaración del propietario que certifique los términos del contrato y la cantidad de renta.
- Formulario W-9 del IRS completo.
- Sepa que, como propietario, usted debe firmar una certificación disponible en línea en TexasRentRelief.com.
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¿Qué documentos se necesitan del propietario para comprobar que la unidad le pertenece?
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Al firmar la Certificación de Propietarios, el propietario o administrador de la propiedad certifican ser el propietario de la propiedad o un representante autorizado del propietario de la propiedad.
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¿El propietario debe ingresar direcciones de correo electrónico para todos los miembros de una familia en la aplicación?
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Una dirección por familia es suficiente. Por favor asegúrese que la dirección que usted provea para una familia esté correcta y en funcionamiento, y que el inquilino la revisa constantemente. Ingresar direcciones de correo electrónico incorrectas demorará la aprobación y pago de las aplicaciones.
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¿Qué pasa si mi inquilino no tiene una dirección de correo electrónico?
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Los inquilinos que no tienen correo electrónico o acceso a una aplicación en línea pueden contactar a nuestro centro de atención al 1-833-989-7368 para presentar sus inscripciones de cuentas de inquilinos por teléfono y después enviar la documentación necesaria por correo postal. Por otro lado, se puede aceptar una copia completa impresa de la aplicación y documentación enviada por correo postal a la siguiente dirección:
ATTN: Texas Rent Relief Program
PO Box 580314
Houston, TX 77258Una copia de la aplicación se puede obtener aquí: https://texasrentrelief.com/forms-resources/.
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¿Necesita el propietario presentar una copia de un documento de identificación emitido por el gobierno o documento personal de identificación si representa a una compañía administradora?
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No, si el propietario representa a una compañía no debe presentar su identificación. Este requisito es para los propietarios que son propietarios únicos.
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Mi propiedad le pertenece a una compañía de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en inglés), de la cual soy el único propietario. ¿Puedo usar la información de mi cuenta de banco personal si tengo documentos que demuestren que soy el único propietario de la compañía?
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Sí.
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¿Qué es el formulario de certificación del propietario?
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La Certificación del Propietario es una constancia de lo que el propietario está acordando al aceptar los fondos. La Certificación del Propietario está disponible en línea en TexasRentRelief.com.
Todos los propietarios de unidades que participen en el programa TRR están obligados a presentar una Certificación de Propietarios firmada como parte de su aplicación. Si el propietario no presenta una aplicación completa (incluyendo la Certificación de Propietarios), no será considerado un participante del programa y cualquier pago de asistencia para el pago de rentas se le hará directamente al inquilino.
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¿Existe una aplicación únicamente para propietarios? ¿Es necesario presentar una aplicación por cada familia?
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Cada aplicación requiere información específica por familia. Los propietarios pueden ingresar a varios aplicantes al mismo tiempo para la misma propiedad. Sin embargo, cada familia debe presentar la información requerida. Si un inquilino decide no firmar la aplicación, no se puede otorgar la asistencia.
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¿Cada adulto nombrado en el contrato o acuerdo de arrendamiento debe llenar una aplicación de inquilino independiente?
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No, solamente se debe presentar una aplicación de inquilino por unidad. Los aplicantes pueden agregar a los otros adultos miembros de la familia y sus ingresos en la aplicación del inquilino.
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Si mi inquilino no puede presentar una aplicación en línea, ¿puedo presentar yo una aplicación en su nombre?
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Sí. Para los inquilinos que desean participar en el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP, por sus siglas en inglés), pero no pueden completar una aplicación en línea ellos mismos, los propietarios u otras personas de su confianza pueden completar y presentar una aplicación de inquilino en su nombre. Para hacer esto, deben seguir los siguientes pasos:
- Imprima una “Aplicación y Certificación del Inquilino” y una “Lista de Verificación para el Inquilino”, las cuales se pueden encontrar en esta página:
https://texasrentrelief.com/forms-resources/ - Reuna los documentos que aparecen en la lista de verificación del inquilino.
- Inscríbase en Neighborly.
- Inicie una nueva aplicación, seleccionando “Inquilino: Asistencia para el Pago de Rentas y Servicios Públicos”.
- Haga usted mismo un “usuario” en la cuenta del inquilino.
- Complete todas las secciones.
- En la página de “Submit” (Enviar), elija “No” para la pregunta “¿Está presentando esta aplicación el aplicante principal?”
- Ingrese su relación con el inquilino aplicante y cargue la certificación firmada.
- Firme como “Authorized Signature” (Firma Autorizada), ingrese la fecha en la aplicación, y envíe.
- Imprima una “Aplicación y Certificación del Inquilino” y una “Lista de Verificación para el Inquilino”, las cuales se pueden encontrar en esta página:
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¿Necesita el propietario un formulario de representante autorizado o algo similar para completar la aplicación en nombre de sus inquilinos?
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No. Se recomienda que el propietario de la unidad inicie una solicitud en el sistema en nombre de su inquilino para que esté clara y correctamente asociada con la propiedad y su propietario. El sistema enviará automáticamente un correo electrónico al inquilino, solicitándole que proporcione cualquier información faltante, incluyendo los documentos de ingresos, y que firme electrónicamente la aplicación.
Si el inquilino no tiene una dirección de correo electrónico, el propietario de la unidad puede imprimir el formulario de la aplicación, obtener una firma física, y cargar la aplicación y documentos de ingresos relacionados en nombre del inquilino. Si fuera necesario, un representante del programa se comunicará con el inquilino para ayudarle a recolectar toda la información y documentación necesaria para completar el perfil del inquilino. Alternativamente, el propietario o administrador de la propiedad puede trabajar junto al inquilino para crear una cuenta y completar la aplicación en línea en nombre del inquilino.
El inquilino también puede aplicar directamente, sin la ayuda del propietario de su unidad. En estos casos, se le notificará al propietario y se le pedirá que participe. Aunque un inquilino elija aplicar directamente, el programa tiene la obligación de pagarle primero al propietario.
Si un inquilino decide no firmar la aplicación, no se puede otorgar la asistencia.
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¿Qué documentación necesita el propietario de una unidad para completar la aplicación en nombre de un inquilino?
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Para obtener más detalles, por favor consulte el video “Landlord Assistance with a Tenant Application Tutorial” (Tutorial para la Asistencia del Propietario con una Aplicación del Inquilino), el cual se puede encontrar en esta página de internet: https://texasrentrelief.com/forms-resources.
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¿Qué puede hacer un propietario si un inquilino no colabora, no desea participar, o no quiere firmar una aplicación?
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Desafortunadamente, si un inquilino decide no firmar la aplicación, no se puede otorgar la asistencia.
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¿Qué pasa si un inquilino no desea firmar la aplicación?
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Desafortunadamente, si un inquilino decide no firmar la aplicación, no se puede otorgar la asistencia.
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¿Puede aplicar un propietario para un inquilino que ya no ocupa la unidad, si este desocupó la unidad voluntariamente?
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No. El programa requiere que el inquilino de su permiso, que reciba la renta actual/futura para la unidad, e indique que la unidad actualmente es la residencia principal del inquilino.
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¿Qué pasa si el inquilino acuerda con el propietario que el propietario presente la aplicación, pero después el inquilino presenta otra aplicación él mismo? ¿Cuál tendrá prioridad?
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Las aplicaciones que se presenten de forma independiente se unirán en el sistema y la fecha y hora anterior prevalecerá. Cualquier aplicación presentada por un inquilino tendrá que ser notificada al propietario por lo menos tres (3) veces en cinco (5) días si se notifica por correo electrónico, teléfono o mensaje de texto (o después de 7 días si se notifica por correo postal) antes de que se haga cualquier pago al inquilino.
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¿Cómo puede el propietario tener acceso a la aplicación del inquilino y a las certificaciones requeridas del inquilino que no quiera/pueda completar una aplicación en línea o no tenga una dirección de correo electrónico?
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La aplicación del inquilino y la certificación de la familia completa estarán disponibles en la barra lateral de “Program Documents” (Documentos del Programa) dentro de la aplicación, para que el propietario pueda imprimir los documentos necesarios y obtenga una firma física, si fuera necesaria. Alternativamente, un propietario o administrador de propiedad puede trabajar junto al inquilino para crear una cuenta y completar la aplicación en línea en nombre del inquilino.
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¿Qué pasa si no encuentro la aplicación de mi inquilino?
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Las aplicaciones de los inquilinos deben estar asociadas con una aplicación de propietario para que el propietario reciba asistencia para el pago de rentas. Si usted ingresa en su aplicación de propietario y no encuentra inquilinos que hayan aplicado, nombrándolo a usted como propietario, por favor contacte a 1-833-989-7368 para obtener ayuda para enlazar las aplicaciones. Para esto, tenga los números de identificación de las aplicaciones del propietario e inquilinos listos para dárselos al representante de servicio al cliente.
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Si mi inquilino recibió asistencia de este programa para cubrir rentas vencidas, ¿puede aplicar también para recibir asistencia adicional?
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Los aplicantes pueden solicitar rentas vencidas y hasta tres meses de rentas actuales y futuras, y pueden presentar una solicitud para “Additional Funding Request” (Solicitud de Fondos Adicionales) después de recibir asistencia, si aún hay fondos del programa disponibles. Los inquilinos pueden solicitar el pago de tres meses de rentas actuales y futuras siempre y cuando no hayan excedido el límite de 18 meses del programa.
Los fondos del programa pueden usarse hasta para dieciocho (18) meses de asistencia para los siguientes costos:
- rentas, rentas vencidas y recargos razonables por rentas atrasadas (como resultado del incumplimiento del pago de rentas)
- servicios públicos y energía para el hogar; y
- servicios públicos y energía para el hogar vencidos
Aunque los aplicantes pueden obtener asistencia hasta para 18 meses, el Programa no comprometerá fondos para rentas actuales y futuras por más de un período de tres meses a la vez. Cada mes calendario en que una familia de inquilinos reciba asistencia del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas se contará hacia el límite de 18 meses de asistencia que puede recibir, independientemente del tipo de asistencia recibida.
Los costos de renta y servicios públicos son elegibles para recibir asistencia a partir del 13 de marzo del 2020 (el día que el Gobernador Abbott declaró el Estado de Emergencia para Texas). Se aceptan solicitudes prorrateadas para el mes de marzo del 2020.
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Si un inquilino tiene rentas vencidas limitadas, pero necesita ayuda con rentas actuales y futuras, ¿cómo indica esto en la aplicación?
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La asistencia se puede obtener para las rentas actuales y futuras, aunque la familia no tenga rentas vencidas. En los casos donde el aplicante no haya presentado una notificación de rentas vencidas, este podría calificar al responder sí a la pregunta de la aplicación relacionada con que a menos que reciban asistencia para el pago de rentas, tendrían que mudarse a vivir a un ambiente poco seguro o poco saludable, y esto los haría elegibles.
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Si el inquilino nunca firmó un contrato o acuerdo de arrendamiento o está vencido, ¿puede aplicar para obtener asistencia?
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Sí, todavía pueden aplicar. Si un inquilino nunca firmó un contrato, el propietario de la unidad debe proporcionar una certificación acerca de los términos y la cantidad de la renta, O si el propietario de la unidad no está dispuesto a certificar esto, entonces el inquilino debe proporcionar un recibo de la renta por los tres últimos meses más recientes pagados completamente por el inquilino o en beneficio del mismo. Si el inquilino tenía un contrato que se ha vencido y ahora está viviendo en base de mes a mes, es necesario presentar un contrato que demuestre que el inquilino se encuentra viviendo en dicha unidad en base de mes a mes, y el propietario de la unidad debe presentar una certificación acerca de la cantidad mensual de renta.
La renta de cualquier mes cubierto por la disposición de mes a mes debe ser igual o menor a la cantidad de renta del contrato o acuerdo vencido o por vencerse. El propietario de la unidad no puede dar por terminado el contrato o aumentar el precio de la renta durante el período de asistencia.
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Si un inquilino actualmente arrenda su unidad mes a mes, ¿necesita el propietario presentar documentos que comprueben la ocupación?
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Por favor refiérase a la Lista de Comprobación de Documentos Necesarios que aparece en la página de internet https://texasrentrelief.com/forms-resources/ para ver una lista de los documentos que los propietarios necesitan para aplicar al programa.
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Si un inquilino no ha pagado renta desde el 1 de marzo del 2020, ¿cuáles meses serían elegibles para recibir asistencia?
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Se aceptan solicitudes prorrateadas.
Por ejemplo, si la renta de marzo fue $800, usted puede dividir $800 por el número de días de marzo (31) para determinar la renta diaria. En este caso, la renta diaria sería $25.81/día. Multiplique la renta diaria por el número de días de marzo que son elegibles bajo el programa, en este caso digamos que 19 días. Para este ejemplo, un total de $490.39 es elegible para asistencia del mes de marzo del 2020.
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¿Necesitan los inquilinos tener un número de seguridad social?
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No, pero deben poder presentar un documento de identificación emitido por el gobierno o un documento personal de identificación. Algunos documentos de identificación aceptables incluyen, pero no se limitan a licencias de conducir, tarjeta de identificación del Estado, tarjeta de registro para votar, formulario de inscripción de la escuela, tarjeta de la biblioteca, pasaporte, identificación de estudiante, tarjeta de seguridad social, identificación militar, certificado de naturalización, tarjeta de residencia permanente legal, o documento de autorización de empleo.
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¿Los cargos por servicios mensuales tales como recolección de basura o recepción de paquetes de mensajería, que no son específicamente codificados como renta, pero son pagos exigidos por la administración, son elegibles para recibir asistencia?
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Si el costo forma parte del monto de la renta que aparece en el contrato o acuerdo de arrendamiento, se puede incluir en la solicitud para asistencia. Si el costo es un cargo separado o una penalidad, no es elegible
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¿Se pueden incluir los recargos por pagos atrasados y los costos por el proceso legal/desalojo en la solicitud para asistencia?
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Todos los recargos por pagos atrasados que no exceden las cantidades permitidas por el contrato o acuerdo de arrendamiento y que no sean anteriores al 13 de marzo del 2020 pueden solicitarse en la aplicación. Los propietarios de unidades deben declarar que estos recargos por pagos atrasados son legales de conformidad con el inciso 92.019 del Código de la Propiedad de Texas. Se le recomienda a los inquilinos y propietarios que soliciten estos recargos en sus aplicaciones. Si los recargos por pagos atrasados no están incluidos en la aplicación y la asistencia para el pago de rentas se le paga directamente al propietario de la unidad, el propietario acuerda renunciar a estos recargos y TRRP no pagará cualquier recargo pendiente en una fecha posterior, de conformidad con los términos de la participación descritos en la Certificación del Propietario.
Las multas por procesos legales no pueden ser incluidas en la solicitud de asistencia.
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¿Qué pasa si la renta mensual incluye servicios públicos, incluyendo internet/Wi-Fi?
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Si la cantidad de renta incluye algunos servicios públicos o el acceso a internet, la cantidad total de la renta puede ser solicitada y pagada a través del programa.
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¿Qué sucede si no veo a mi inquilino enlistado cuando abro mi aplicación de propietario?
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Las aplicaciones de inquilinos deben estar asociadas con la aplicación del propietario para que se le pague la asistencia para el pago de rentas al propietario. Si usted abre su aplicación de propietario y no ve a los inquilinos que solicitaron asistencia como inquilinos suyos enlistados en su aplicación, por favor llame al teléfono 1-833-989-7368 para pedir ayuda enlazando su aplicación de propietario con sus inquilinos. Por favor tenga listo el número de identificación de caso del propietario y del inquilino para proporcionárselo al representante de servicio al cliente.
Propietario - General
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¿Cómo certifica un propietario que no recibirá asistencia duplicada?
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Cuando se está haciendo un perfil de propietario, se le pide al propietario que acepte este requisito. La certificación requiere que, si llegara a ocurrir un pago duplicado, el propietario le reembolse al programa el pago duplicado dentro de los siguientes 10 días.
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¿Qué es duplicación de beneficios? ¿Cómo está manejando el TDHCA la duplicación de beneficios con entidades locales que también reciben fondos del Departamento del Tesoro? ¿Qué otros programas están cubiertos por duplicación de beneficios?
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La duplicación de beneficios se refiere a ser pagado más de una vez por el mismo gasto.
El TDHCA no le está negando a los aplicantes la oportunidad de aplicar en partes del Estado donde hay otros programas operando, porque hay mucha necesidad importante para estos fondos. Los aplicantes pueden aplicar al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas, a programas locales, o a ambos. Como parte de la aplicación, se les preguntará a los aplicantes si han recibido otras asistencias.
Si fueran aprobados por varios programas, los aplicantes no podrán recibir asistencia de varios programas para los mismos meses por la cantidad total de la renta. Sin embargo, pueden usar los diferentes programas para diferentes meses de asistencia o para recibir asistencia parcial que no exceda la cantidad total de renta.
Los propietarios deben asegurar que no han recibido más que un pago por unidad por los meses cubiertos. Otras entidades cuyos fondos son considerados duplicación de beneficios incluyen fondos de la ciudad o del condado, otros fondos estatales o federales, y los fondos de organizaciones sin fines de lucro o iglesias. El TDHCA está trabajando con otras entidades locales para identificar todas las instancias de duplicación de beneficios.
Ejemplo 1: Una familia tiene una renta mensual de $750 y recibe $250 de una iglesia local. El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas puede proveer los $500 de renta mensual restantes que no fueron cubiertos por el otro proveedor.
Ejemplo 2: Un propietario o un inquilino recibe el pago total de rentas para diciembre del 2020 y enero del 2021 de un programa local de asistencia para el pago total de rentas, y después también recibe asistencia para estos meses del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. En este caso, ha ocurrido una duplicación de beneficios. La persona que haya recibido el pago duplicado debe reembolsar al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (o al otro programa).
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¿La duplicación de beneficios incluye la asistencia individual de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés)?
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Sí. Si la asistencia individual de FEMA es para el mismo período de tiempo y los mismos costos cubiertos por el programa TRR, sí calificaría como duplicación de beneficios.
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¿Puede un propietario iniciar un proceso legal de desalojo en vez de aplicar al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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Sí. Los propietarios no están obligados a participar en el programa. Tome en cuenta que los inquilinos pueden solicitar la asistencia, y si la asistencia fuera aprobada el programa primero se comunicaría con el propietario para pedirle que participe en el programa. Si el propietario decide no participar, el pago se haría directamente al inquilino.
Todos los recursos judiciales relacionados con el posible desalojo de un inquilino seguirán un proceso legal ante un juzgado de paz o una corte del condado, en donde el Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas no participa como una parte interesada. La Biblioteca Legal del Estado de Texas posee los siguientes recursos relacionados con el funcionamiento de los juzgados de paz (https://guides.sll.texas.gov/small-claims); además, la Corte Suprema de Texas tiene actualmente una orden de emergencia que ofrece algunos tipos de protección ante desalojos en determinadas circunstancias (https://www.txcourts.gov/media/1453714/229015.pdf). Le recomendamos a los inquilinos que visiten https://texaslawhelp.org/eviction-referral o llamen al teléfono 855-270-7655 para obtener ayuda para comprender sus opciones y buscar ayuda legal gratis o a bajo costo.
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Si un propietario acepta asistencia del programa para rentas vencidas y el mes actual, y el contrato o acuerdo de arrendamiento se vence después del mes actual, ¿es necesario extender el contrato?
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No, recibir asistencia del programa no quiere decir que usted esté obligado a renovar el contrato por períodos de tiempo más allá del mes para el que se provee la asistencia actual o futura. Si se recibe asistencia para meses futuros, el propietario deberá continuar el contrato para los meses que reciben asistencia o devolver las cantidades previstas previstas para el futuro al programa.
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Si una persona es propietaria de su casa rodante, pero alquila el lote donde está instalada y está atrasada en el pago de renta del lote y de los servicios públicos debido al COVID, ¿califica para el programa?
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Sí, el programa puede ofrecer asistencia para el pago de rentas de un hogar prefabricado y/o la renta del lote. La cantidad de asistencia para el pago de rentas solicitada por mes no puede ser mayor de $4,600.
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¿Puede el propietario presentar una solicitud de asistencia para la parte de la renta que le corresponde al inquilino en la Sección 8 o en una vivienda pública? ¿Puede un inquilino de la Sección 8 aplicar para asistencia de pago para servicios públicos a través del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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Sí. A partir del 21 de abril del 2021, los beneficiarios de la Sección 8 y de vivienda pública pueden ser elegibles para recibir asistencia por la parte de la renta o de los servicios públicos que le corresponde al inquilino.
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¿Está disponible el programa para propiedades convencionales (que no tienen restricciones de renta)?
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Sí. El programa no está limitado a propiedades accesibles. La renta no puede ser mayor de $4,600 por mes. Las unidades que sobrepasen este límite de $4,600 por mes no son elegibles para recibir ayuda bajo el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. Los propietarios e inquilinos en estos casos deben buscar ayuda de otros programas de asistencia para el pago de rentas.
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¿Se puede usar el programa para residencias de estudiantes?
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El programa no aplica para dormitorios o alquiler de habitaciones en renta. Sin embargo, se puede usar para vivienda que es ocupada principalmente por estudiantes, donde el estudiante está en el contrato o acuerdo de arrendamiento. El estudiante debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad.
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¿Qué tipo de material publicitario está disponible para que los propietarios compartan con sus inquilinos? ¿En dónde se puede conseguir?
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El kit de herramientas de volantes que se puede imprimir y repartir a los inquilinos o compartir en redes sociales está disponible en la pestaña de Forms and Resources (Formularios y Recursos).
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Hemos vendido nuestra unidad a un nuevo propietario, y anteriormente nuestros inquilinos se habían inscrito en el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. ¿Cómo hacemos para que estos inquilinos les sean asignados a los nuevos propietarios de la unidad?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas debe ser notificado de cambios en la titularidad de la propiedad, para poder cambiar al propietario atado a cualquier aplicación de inquilino existente. El nuevo propietario debe presentar una aplicación de propietario de TRR llamando al número 1-833-9TX-RENT (1-833-989-7368) de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m. Un representante del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas le ayudará al nuevo propietario a completar la aplicación correspondiente y presentar una solicitud para que la aplicación del inquilino sea trasferida. Este proceso requiere que se haga una verificación del cambio de titularidad de la propiedad.
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Como propietario de una unidad, ¿cómo doy por terminada mi participación en el programa, o cómo retiro mi aplicación como propietario de una unidad, o cómo elijo ya no participar?
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Como se indica en la Certificación de Propietarios de TRR, para dar por terminada la participación en el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas, un propietario debe notificar al programa llamando de lunes a sábado de 8 a.m. a 6 p.m. CST al teléfono 1-833-989-7368.
Usted debe estar preparado para proporcionar su nombre, número de caso del propietario, y nombre de su o sus inquilinos, el número de caso del inquilino, y la información de contacto para cualquier aplicación que usted esté retirando/terminando/eligiendo no continuar. Si usted estaba participando en el Programa de Prevención de Desalojo de Texas, usted también debe dar notificación inmediata a la respectiva corte de apelaciones o juzgado en el que se está conociendo el caso de desalojo.
Sepa que, en casos donde el propietario decida terminar su participación en el programa TRR, si el inquilino califica para recibir asistencia para el pago de rentas, TRR iniciará el proceso correspondiente para hacerle un pago directo a dicho inquilino.
Si un propietario acepta algún pago del programa TRR ya sea mediante depósito ACH o al depositar un cheque de papel, esto se entenderá como haber aceptado los términos de la Certificación de Propietarios y estará obligado a cumplirlos. Un propietario no puede retirarse/terminar/no continuar su participación en la aplicación del inquilino después de haber recibido algún pago. Si el propietario decidiera retirarse/terminar/no continuar con su participación en cualquier solicitud de asistencia futura presentada por su inquilino, lo debe indicar llamando de lunes a sábado de 8 a.m. a 6 p.m. CST al teléfono 1-833-989-7368.
Inquilino Aplicación
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¿Cuánto tiempo toma revisar las aplicaciones?
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El tiempo para revisar las aplicaciones varía significativamente, dependiendo de qué tan completa esté la aplicación y qué tan rápido se reciba cualquier documentación faltante.
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Si aplico ahora para rentas vencidas, ¿cuándo tendría que aplicar para rentas futuras?
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Usted puede aplicar para rentas vencidas, rentas actuales, y las dos rentas previstas para meses futuros en su aplicación inicial.
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Ya he recibido asistencia para el pago de rentas y/o servicios públicos del programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. ¿Puedo aplicar para obtener asistencia adicional?
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Sí, usted puede solicitar asistencia adicional siempre y cuando la cantidad total de meses de asistencia para el pago de rentas y servicios públicos que usted haya recibido no exceda el límite del programa de 15 meses, independientemente de qué tipo de asistencia haya recibido.
Una vez que usted haya recibido una asistencia de pago, usted recibirá una notificación por correo electrónico con más detalles de cómo solicitar fondos adicionales. Usted puede presentar su solicitud en cualquier momento después de recibir la invitación, pero el pago no será hecho hasta por lo menos tres meses después de la fecha en que usted recibió el pago de asistencia más reciente.
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Desde la fecha en que recibí asistencia para el pago de rentas del TRRP, me mudé a otra unidad y ahora necesito más ayuda para el pago de rentas y servicios públicos. ¿Es necesario iniciar una nueva aplicación?
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No. Ya sea que usted se haya mudado a un nuevo complejo, casa para alquiler, o cualquier otra unidad dentro de su mismo complejo original, usted continuará usando el mismo número de identificación de caso, nombre de usuario, y contraseña de su aplicación inicial. Dentro del formulario de solicitud “Additional Funding Requests” (Solicitud de Fondos Adicionales -AFR- por sus siglas en inglés), se le pedirá que ingrese su nueva dirección, una copia de su nuevo contrato o acuerdo de arrendamiento, y la información de contacto del propietario de su nueva unidad.
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¿Cómo presenta un inquilino que aplica por teléfono los documentos requeridos?
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Los representantes del programa están preparados para inscribir cuentas de inquilinos por teléfono. Como parte de este proceso, ellos le darán las siguientes direcciones a los aplicantes para que envíen su documentación por correo postal a P.O. Box 580314, Houston, TX 77258. Se alienta a los solicitantes que tienen la opción de presentar su solicitud en línea a que lo hagan, ya que generalmente es un proceso más rápido.
Los inquilinos que estén aplicando durante el período del 14 al 16de marzo del 2023 deben tomar en consideración lo siguiente:
- Se les recomienda a los aplicantes que tienen acceso a una computadora, tableta, o teléfono que presenten su aplicación en línea.
- Los aplicantes que no tienen acceso a internet pueden completar su aplicación por teléfono y por correo postal, primero llamando al centro de atención para completar la aplicación, y luego enviando por correo postal la documentación requerida. Toda la documentación requerida debe estar matasellada antes del 16 de marzo de 2023 a las 11:59 am.
- Las aplicaciones procesadas por teléfono y correo toman más tiempo que las presentadas en línea. Debido a que las aplicaciones son revisadas en su orden de llegada, los aplicantes que envíen sus documentos por correo postal deberían hacerlo lo antes posible.
- Las aplicaciones también se pueden demorar si se presentan incompletas o los aplicantes no responden las solicitudes que se les hagan de presentar documentación adicional. Para evitar demoras, les recomendamos encarecidamente a los aplicantes que completen todos los campos obligatorios de su aplicación y envíen toda la documentación requerida, además de responder lo antes posible a cualquier mensaje del programa enviado por correo electrónico, teléfono o mensaje de texto.
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Como inquilino, ¿debería aplicar por mí mismo, o esperar que el propietario de mi unidad aplique en mi nombre?
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Las aplicaciones son procesadas por orden de llegada.
Un inquilino puede aplicar directamente, sin la ayuda del propietario de su unidad. En estos casos, se le notificará al propietario y se le pedirá que participe. Aunque un inquilino elija aplicar directamente, el programa tiene la obligación de pagarle primero al propietario.
Se recomienda que el propietario de la unidad inicie una solicitud en el sistema en nombre de su inquilino para que esté clara y correctamente asociada con la propiedad y su propietario. El sistema enviará automáticamente un correo electrónico al inquilino, solicitándole que proporcione cualquier información faltante, incluyendo los documentos de ingresos, y que firme electrónicamente la aplicación.
Si el inquilino no tiene una dirección de correo electrónico, el propietario de la unidad puede imprimir el formulario de la aplicación, obtener una firma física, y cargar la aplicación y documentos de ingresos relacionados en nombre del inquilino. Si fuera necesario, un representante del programa se comunicará con el inquilino para ayudarle a recolectar toda la información y documentación necesaria para completar el perfil del inquilino.
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Si el propietario de mi unidad no desea aplicar, ¿debería aplicar yo usando ambas aplicaciones, la del inquilino y la del propietario?
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Aplique usando la aplicación del inquilino únicamente. No intente aplicar como propietario.
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¿Qué pasa si el propietario de mi unidad no desea aplicar para recibir asistencia?
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Usted puede aplicar directamente. Un inquilino puede aplicar directamente, sin la ayuda del propietario de su unidad. En estos casos, se le notificará al propietario y se le pedirá que participe. Aunque un inquilino elija aplicar directamente, el programa tiene la obligación de pagarle primero al propietario.
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¿Qué documentos necesito para completar mi aplicación?
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Usted puede revisar la lista de comprobación con todos los documentos necesarios para aplicar en la pestaña de Forms and Resources (Formularios y Recursos) en la página de internet del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas.
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¿Qué pasa si no puedo proporcionar todos los documentos necesarios cuando presente mi aplicación?
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Los aplicantes serán contactados si hay alguna información incompleta o faltante. Si no es posible contactarle por teléfono, el aplicante será contactado por correo electrónico. Si el aplicante no presenta la documentación solicitada dentro de los siguientes 21 días, la aplicación será rechazada.
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Si a mi solicitud para obtener asistencia le hace falta documentación -porque no pude cargarla, no pensé que fuera necesaria, o no la tenía cuando apliqué- ¿perderé mi lugar en la línea de espera?
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Si su solicitud de pago es visible en su tablero, usted no perderá su lugar en línea mientras recolectamos los documentos necesarios de usted.
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Si he estado desempleado los últimos 90 días, pero no he recibido beneficios por desempleo, ¿qué documentos necesito?
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Si los aplicantes certifican que están pasando por problemas financieros, según el criterio establecido por el TRRP, no es necesario que presenten documentación que compruebe la pérdida de empleo o elegibilidad para recibir beneficios por desempleo. Si aplica, los aplicantes tendrán que confirmar que han calificado para recibir estos beneficios al responder una pregunta relacionada y certificar, en la sección de certificaciones de la aplicación, que esta información es verdadera y exacta.
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¿Tengo que presentar documentación de rentas vencidas?
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El inquilino no tiene que presentar documentación de rentas vencidas. La certificación que forma parte de la aplicación es suficiente.
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¿Cómo se determina la elegibilidad si alguien que aparece en el contrato o acuerdo de arrendamiento ya no vive en la unidad?
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Aunque todas las personas que aparezcan listadas en el contrato o acuerdo de arrendamiento deben presentar una constancia de ingresos, después de que la familia haya sido considerada elegible no será necesario que todas las personas que aparecen como inquilinas se encuentren físicamente presentes en la residencia. Sin embargo, es indispensable que algunos de los miembros de la familia aún vivan en la unidad. El inquilino puede indicar en la aplicación si algunos miembros de la familia que aparecen en el contrato ya no residen actualmente allí, y en este caso sus ingresos no serán tomados en cuenta en el cálculo de ingresos de la familia.
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¿Cómo documenta un aplicante los requisitos relacionados con los problemas económicos y la inestabilidad en las condiciones de vivienda derivados del COVID-19?
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Cuando un aplicante presenta una aplicación, debe firmar una certificación que incluye una declaración que cumple con los requisitos de elegibilidad relacionados con el impacto del COVID-19.
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¿Cómo completa un inquilino una aplicación si no cuenta con el correo electrónico del propietario de su unidad y otra información del propietario que debería incluir en la aplicación del inquilino?
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Las aplicaciones serán procesadas con más eficiencia cuando se incluye toda la información del propietario de la unidad. No se permite incluir información falsa o inexacta, y esto podría retrasar el procesamiento de la solicitud y muy probablemente hacer que la aplicación se rechace. Los inquilinos deben contactar a los propietarios de sus unidades para obtener la información necesaria, o pueden usar la información del propietario contenida en su contrato o acuerdo de arrendamiento.
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¿Qué sucede si un inquilino aplicó, pero olvidó incluir una solicitud para algunos de los gastos por rentas vencidas y/o solicitud para rentas futuras?
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Si la aplicación está en proceso, el inquilino puede contactar al centro de atención al teléfono 1-833-989-7368 para reabrir las secciones apropiadas e incluir esta asistencia faltante y cargar la documentación necesaria Se le recomienda a los inquilinos y propietarios que soliciten todos los recargos por pagos atrasados en sus aplicaciones. Si los recargos por pagos atrasados no están incluidos en la aplicación y la asistencia para el pago de rentas se le paga directamente al propietario de la unidad, el propietario acuerda renunciar a estos recargos y TRRP no pagará cualquier recargo pendiente en una fecha posterior, de conformidad con los términos de la participación descritos en la Certificación del Propietario.
Si el pago ya ha sido recibido y el aplicante no ha excedido los 18 meses de límite de asistencia del programa, se le invitará al aplicante a que presente una solicitud para fondos adicionales. En la solicitud para fondos adicionales se puede incluir cualquier cantidad elegible de pagos vencidos de rentas o servicios públicos que no haya sido incluida en la aplicación original.
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¿Qué debe usar un inquilino como documentación si no existe un contrato o acuerdo de arrendamiento escrito, o no puede escanear y cargar todas las páginas del contrato o acuerdo?
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El contrato o acuerdo de arrendamiento es necesario en ambas aplicaciones del inquilino como del propietario de la unidad para establecer la residencia principal del aplicante, el estado de su alquiler, y la relación con el propietario de la unidad, además de comprobar los gastos de renta.
En ausencia de un contrato o acuerdo firmado, el aplicante debe proporcionar evidencia de los últimos tres meses completos pagados más recientemente por el inquilino, para establecer un patrón de pagos de renta a través del estado de cuenta bancario, talón de cheque, o recibos de renta del propietario de la unidad.
En ausencia de un contrato o acuerdo firmado o evidencia de los últimos tres meses completos pagados más recientemente por el inquilino, el propietario de la unidad que esté participando en el programa y haya hecho un perfil en el sistema también puede presentar una declaración en la aplicación del propietario que certifique las fechas del contrato, la cantidad de renta mensual, y las rentas vencidas.
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Después de que un inquilino reciba la asistencia inicial del programa, ¿cuánto tiempo tiene para solicitar fondos adicionales?
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Después de que un inquilino recibe la asistencia inicial del programa, el inquilino puede solicitar fondos adicionales en cualquier momento después de haber recibido la invitación inicial por correo electrónico.
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Cuando se soliciten fondos adicionales, ¿se les dará prioridad para revisión a las aplicaciones de las personas a las que se les haya iniciado un proceso legal de desalojo?
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Sí. Si los aplicantes incluyen un proceso legal de desalojo y proporcionan el número de expediente del proceso legal correspondiente, el número de distrito del Juez de Paz, y el condado en la solicitud de fondos adicionales, su aplicación será priorizada.
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¿Cómo retiro mi aplicación si ya no tengo necesidad de recibir asistencia o ya no quiero participar en el programa?
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Una aplicación puede ser retirada si todavía no ha sido aprobada o rechazada. Para retirar una aplicación, contacte al centro de atención al 1-833-989-7368 y proporcione su nombre y número de identificación del caso. Además, si usted estaba participando en el Programa de Prevención de Desalojo de Texas, usted también debe informar al juzgado de desalojo o la corte de apelación correspondiente.
Inquilino - Ingresos
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¿Cómo se calculan los ingresos de mi familia?
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Los ingresos de todos los miembros de la familia de 18 años o mayores serán tomados en cuenta cuando se calcule el ingreso anual total de la familia.
La familia está definida como todas las personas que viven dentro de la misma unidad habitacional, indistintamente de la relación que exista entre ellos. Los ocupantes de una unidad pueden ser una sola familia, dos o más familias que viven juntas, o cualquier otro grupo de personas relacionadas o sin ninguna relación familiar que comparten la vivienda.
Los ingresos de la familia serán calculados basado en el ingreso bruto ajustado, según se define bajo la serie del Formulario 1040 del Servicio de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés) para propósitos de la declaración federal anual individual del impuesto sobre la renta. Los ingresos reportados para los últimos 30 días serán anualizados, basado en la constancia de ingresos de los últimos 30 días presentada. Al determinar el número de miembros de la familia y el ingreso anual total de la familia, tome en cuenta que:
- Los niños menores de edad son contados como miembros de la familia. Los ingresos obtenidos por los niños menores no son considerados como parte del ingreso anual total de la familia.
- Los niños menores de edad que están sujetos a custodias compartidas pueden ser contados como miembros de la familia si los niños menores viven en la residencia por lo menos 50% del tiempo.
- Los miembros de la familia que están temporalmente ausentes son contados como miembros de la familia y sus ingresos son considerados en los cálculos del ingreso anual total de la familia, independientemente de cuánto contribuye a la familia el miembro de la familia temporalmente ausente.
- Los asistentes de la familia que reciben un salario, que no están emparentados y viven en la residencia, ya sea pagados por la familia o a través de un programa de servicio social, no son considerados miembros de la familia. Los ingresos de los asistentes de la familia no son considerados en los cálculos del ingreso anual total de la familia. Los parientes no califican como asistentes que viven en la vivienda.
- Los miembros de la familia que están permanentemente ausentes, tal como un cónyuge que reside permanentemente en un hogar para ancianos, pueden ser considerados miembros de la familia a discreción del jefe de la familia/aplicante del programa. Si el jefe de la familia decide incluir a un miembro de la familia permanentemente ausente en la familia, los ingresos del miembro de la familia permanentemente ausente son considerados en los cálculos del ingreso anual total de la familia. Si el jefe de la familia decide no incluir a un miembro de la familia permanentemente ausente en la familia, los ingresos del miembro de la familia permanentemente ausente no serán considerados en los cálculos del ingreso anual total de la familia.
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¿Cómo calcula el programa los ingresos?
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El aplicante puede usar su ingreso anual total del 2020 o sus ingresos del período de 30 días más reciente. Los ingresos proporcionados para los últimos 30 días son anualizados, basado en la frecuencia de pago (por hora, semanal, quincenal o mensual) de estos 30 días. Si se usa el período más reciente de 30 días, cualquier re-aplicación para fondos debe incluir una nueva presentación de constancia de ingresos para el nuevo período. Si el aplicante usa sus ingresos totales del 2020, no tiene que presentar una constancia de ingresos al reaplicar para asistencia adicional.
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¿Qué significa Ingreso Medio del Área (AMI, por sus siglas en inglés)? ¿Cuáles son los ingresos bajos a moderados?
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El AMI es el Ingreso Medio del Área, lo cual es usado para establecer los límites de ingresos para la elegibilidad del programa. El AMI está basado en el ingreso medio del condado en el que usted vive y el tamaño de su familia. Usted puede ver lo que cae dentro de las normas del programa de 0-80% AMI aquí: Ingreso Medio del Área (AMI).
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¿Tengo que comprobar que perdí mi empleo o que mis horas de trabajo fueron recortadas?
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No. Se requiere una certificación, y se llevará a cabo una auditoría para identificar cualquier fraude.
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¿Son elegibles los aplicantes desempleados si sus ingresos son mayores al 80% del AMI, pero han estado desempleados por más de 90 días?
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Todos los aplicantes, independientemente del estado de su empleo, deben tener ingresos del 80% o menos del AMI. Si los ingresos anuales de una familia para el 2020 exceden el 80% del AMI según su formulario W-2, la familia todavía podría cumplir con la prueba de ingresos basada en los últimos 30 días. Si los últimos 30 días muestran ingresos menores al 80% del AMI, la familia cumple con los criterios de elegibilidad para ingresos. El aplicante debe presentar una constancia de ingresos de los últimos 30 días para cumplir con este requisito.
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¿Es elegible un inquilino que recientemente consiguió empleo, pero tiene rentas atrasadas debido a su desempleo relacionado con el COVID?
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Todos los aplicantes, independientemente del estado de su empleo, deben tener ingresos del 80% o menos del AMI. Si los ingresos anuales de una familia para el 2020 exceden el 80% del AMI según su formulario W-2, la familia todavía podría cumplir con la prueba de ingresos basada en los últimos 30 días. Si los últimos 30 días muestran ingresos menores al 80% del AMI, la familia cumple con los criterios de elegibilidad para ingresos. El aplicante debe presentar una constancia de ingresos de los últimos 30 días para cumplir con este requisito.
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La reducción en ingresos debida a complicaciones médicas asociadas con el aumento en el nivel de estrés y otros factores, no por un despido o una reducción en horas de trabajo causada por la pandemia, ¿es un factor que califica?
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Sí. El requisito es que la familia directa o indirectamente se haya visto afectada por la pandemia y como resultado haya experimentado una reducción en sus ingresos, haya tenido que hacer gastos extraordinarios, o haya experimentado otros problemas financieros.
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Si estoy pagando pensión alimenticia por mis hijos, ¿puedo calificar?
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Sí. Usted debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad.
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Yo usé mis ingresos devengados en el 2019 para mi declaración de impuestos sobre la renta del 2020 para ayudarme a calificar para obtener un mejor crédito fiscal, según instrucciones del Servicio de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés). ¿Esto afecta mi elegibilidad?
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El programa verá su declaración de impuestos del 2020, independientemente de cómo calculó usted sus ingresos.
Todos los aplicantes, independientemente del estado de su empleo, deben tener ingresos del 80% o menos del AMI. Si los ingresos anuales de una familia para el 2020 exceden el 80% del AMI según su formulario W-2, la familia todavía podría cumplir con la prueba de ingresos basada en los últimos 30 días. Si los últimos 30 días muestran ingresos menores al 80% del AMI, la familia cumple con los criterios de elegibilidad para ingresos. El aplicante debe presentar una constancia de ingresos de los últimos 30 días para cumplir con este requisito.
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¿Cuántos documentos necesito para comprobar mis ingresos?
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Cuántos sea necesario para ofrecer un panorama completo de los ingresos de su familia.
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¿Qué documentación de ingresos necesito si estoy en peligro de desalojo y estoy aplicando al programa?
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Los aplicantes en riesgo de desalojo pueden certificar que sus ingresos familiares son menores al límite del programa. No se necesita ninguna documentación adicional sobre ingresos.
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Si recibo beneficios federales de otro programa, ¿puedo usar una carta de beneficios de ese programa como constancia de ingresos?
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Podría ser, dependiendo de qué beneficios son los que usted recibe:
- Las familias con seis miembros o menos que puedan proporcionar documentación fechada a partir del 1ero de enero del 2020 que compruebe que reciben beneficios de uno de los siguientes programas:
- Head Start, el Programa de Asistencia de Energía para Hogares de Bajos Recursos Económicos/Programa de Asistencia Integral para la Energía de Texas (LIHEAP/CEAP, por sus siglas en inglés), o el Programa de Asistencia de Nutrición Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés)
- Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés), Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF, por sus siglas en inglés), o TANF para Pueblos Indígenas (Tribal TANF) para el jefe de familia
- Pensión por Discapacidades del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA, por sus siglas en inglés), Pensión para Sobrevivientes, Beneficios Mejorados para Sobrevivientes, o la pensión por discapacidades bajo la Sección 306 (no la pensión normal del Departamento de Asuntos de Veteranos)
- Las familias con tres miembros o menos que puedan proporcionar documentación fechada a partir del 1ero de enero del 2020 que compruebe que reciben beneficios del programa para Mujeres, Infantes y Niños (WIC, por sus siglas en inglés)
- Las familias que viven en una unidad con renta restringida o reciben asistencia para el pago de rentas basada en inquilinos (como los Cupones de Elección de Vivienda), si el inquilino o el propietario de la unidad puede proporcionar un comprobante de la Certificación de Ingresos del Inquilino (TIC, por sus siglas en inglés) más reciente de la familia, siempre y cuando no sea anterior a un año antes de la fecha en que se solicita la asistencia.
Además de presentar uno de los documentos de la lista anterior, la familia debe certificar que sus ingresos son menores al 80% del AMI en el momento en que se solicita la asistencia.
- Las familias con seis miembros o menos que puedan proporcionar documentación fechada a partir del 1ero de enero del 2020 que compruebe que reciben beneficios de uno de los siguientes programas:
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¿Es aceptable una Certificación de Ingresos del Inquilino (TIC, por sus siglas en inglés) para una propiedad accesible como constancia de ingresos?
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Las familias en una propiedad accesible pueden usar un TIC como su constancia de ingresos si:
- El TIC tiene menos de un año al momento de aplicar, Y
- La familia certifica que sus ingresos no exceden 80% del AMI al momento de aplicar.
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¿La carta del empleador verificando el salario bruto debe estar notariada?
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No. La falsificación de documentos está sujeta a sanciones penales.
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Si tengo un negocio propio o no tengo ingresos, ¿qué documentos necesito?
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Es necesario presentar una Certificación de Negocio Propio o un Formulario de Ingresos Nulos. La certificación está disponible en línea y está integrada a la aplicación en línea.
Inquilino - General
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¿Cómo se harán los pagos?
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El programa le hará el pago de asistencia para el pago de rentas directamente al propietario de la unidad mediante una transferencia ACH en su nombre, a menos que el propietario no haya estado de acuerdo en participar en el programa. El programa hará tres (3) intentos en un período de cinco (5) días por localizar al propietario por correo electrónico, mensaje de texto, y/o llamada por teléfono; después de esto, los pagos se harán directamente al inquilino. Una vez sean aprobados, los pagos a los inquilinos se harán mediante un cheque enviado por correo postal a la dirección del hogar que aparece en la aplicación. Una vez que el cheque haya sido emitido, este se estará entregando dentro de un período de 7 a 10 días hábiles.
A partir del 10 de octubre del 2022, todos los pagos de asistencia para el pago de servicios públicos se harán directamente a los inquilinos mediante un cheque enviado por correo postal para poder asegurarnos de que los pagos de asistencia sean eficientes y se hagan en un tiempo debido. Siguiendo las reglas del programa, se espera que el inquilino les pague a sus proveedores de servicios públicos por su propia cuenta.
Una guía del proceso para pagos del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP, por sus siglas en inglés) está disponible aquí.
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¿Están sujetos los pagos recibidos bajo el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas al impuesto sobre la renta, o cuentan como un recurso para determinar la elegibilidad para recibir beneficios?
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La ayuda del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas otorgada a una familia no debe ser considerada un ingreso ni un recurso con el fin de determinar la elegibilidad de la familia o de cualquiera de los miembros de la familia para recibir beneficios o asistencia, o la cantidad o medida de dichos beneficios o asistencia, bajo cualquier programa federal o bajo cualquier programa estatal o local financiado total o parcialmente con fondos federales.
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¿Se debe repagar la asistencia recibida?
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No. Siempre y cuando no se duplique la asistencia recibida, esto no es un préstamo y no requiere un repago.
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Si cumplo con todos los requisitos de elegibilidad, pero mi renta sobrepasa $4,600, ¿puedo recibir asistencia?
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Si usted está solicitando asistencia para el pago de rentas y su renta es mayor de $4,600, usted no será elegible para recibir ayuda bajo el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. Sin embargo, si usted únicamente está solicitando asistencia para el pago de servicios públicos, aunque su renta sea mayor al límite usted puede solicitar asistencia para el pago de servicios públicos.
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Si estoy al día con mi renta, pero mis facturas por servicios públicos están vencidas, ¿puedo aplicar para recibir asistencia para servicios públicos?
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Sí. Los costos por servicios públicos y de energía para el hogar son elegibles, aunque usted no necesite asistencia para la renta.
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¿La aplicación para los servicios públicos es la misma?
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Sí. Ya sea que se esté aplicando en línea o por teléfono, hay una oportunidad para solicitar asistencia para sus facturas de servicios públicos, además de renta.
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¿Qué servicios públicos son elegibles para recibir asistencia financiera?
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Los servicios públicos elegibles incluyen electricidad, gas, agua y alcantarillado, recolección de basura, y costos de energía, como por ejemplo aceite combustible. Los servicios de telecomunicaciones, tales como los costos del servicio de teléfono, cable e internet, NO son elegibles para recibir asistencia, excepto cuando la cuota de internet aparece en el contrato o acuerdo de arrendamiento, entonces el programa permitirá que se solicite el pago de internet como un costo permitido.
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¿Son elegibles para recibir asistencia los propietarios de unidades con hipotecas?
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No. Únicamente aquellos que alquilan sus hogares son elegibles.
La Agencia Federal de Financiamiento de Vivienda (FHFA, por sus siglas en inglés) puede ofrecer recursos para los propietarios de vivienda que puedan necesitar ayuda con los pagos de sus hipotecas o de sus facturas de servicios públicos.c
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¿Soy elegible para recibir asistencia del programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas si estoy viviendo en un hotel o motel?
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Usted podría ser elegible para recibir asistencia si está viviendo en un hotel o motel y cumple con los demás requisitos de elegibilidad. Debe presentar un contrato de arrendamiento por escrito o un comprobante de sus tres últimos pagos completos al hotel o, bien, su arrendador (en este caso, el hotel/motel) debe dar fe de sus gastos. Un acuerdo de mes por mes con la confirmación verbal o por escrito de residencia continua por parte de la gerencia del hotel/motel, es aceptable para que un inquilino reciba asistencia para los meses vencidos y actuales.
Sin un contrato firmado, los inquilinos que se encuentren viviendo en un hotel/motel no son elegibles para recibir asistencia para meses futuros. Sin embargo, pueden ser elegibles para la cantidad máxima de asistencia de los meses vencidos y el mes actual, y también pueden aplicar para asistencia en los meses subsiguientes.
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¿Son elegibles los inquilinos que viven en casas alquiladas o dúplex?
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Todas las unidades de renta están permitidas.
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¿Soy elegible para obtener asistencia si me moví a una unidad de renta diferente desde el inicio de la pandemia del COVID-19?
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¿Soy elegible para obtener asistencia si me moví a una unidad de renta diferente desde el inicio de la pandemia del COVID-19?
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Si actualmente estoy en riesgo de ser desalojado, ¿puedo modificar mi aplicación para incluir el número de expediente del proceso legal para que se le de prioridad a mi aplicación y sea revisada dentro del programa?
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Sí. Si usted ya aplicó para recibir ayuda a través del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas y después el propietario de su unidad decidió presentar una demanda para desalojo, su aplicación puede ser dada prioridad a través del Programa de Prevención de Desalojo de Texas. Para darle prioridad, contacte a nuestro centro de atención al 1-833-989-7363 y proporcione la siguiente información importante: número de expediente del proceso legal, número de distrito del Juez de Paz, y condado de la corte. Su aplicación será priorizada y, cuando iniciemos la revisión de su aplicación, nuestro equipo lo podrá contactar si tenemos alguna pregunta o necesitamos más información.
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¿Qué pasa si el propietario de la unidad recibe fondos, y después procede con el desalojo del inquilino durante el período de tiempo cubierto por la asistencia?
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Los propietarios de unidades no pueden recibir fondos del TRRP y después seguir un proceso legal de desalojo relacionado con el período de tiempo cubierto por los fondos del TRRP, excepto por acciones o incumplimientos del contrato que estén relacionados con actividades criminales, daños a la propiedad, o daños físicos a otros. Los términos de participación en el programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas están descritos en la Certificación del Propietario que se puede encontrar aquí: https://texasrentrelief.com/forms-resources/.
En general, cuando un participante sospecha que ha habido fraude, desperdicio, o abuso (incluyendo el incumplimiento de los términos de las certificaciones de propietarios e inquilinos del programa TRR), TRRP lo exhorta a reportarlo al programa al (833) 61-FRAUD o (833) 613-7283. Si el propietario de una unidad ha aceptado fondos sin cumplir con los términos de las certificaciones, el programa TRR iniciará una investigación y en algunos casos buscará que se reembolsen los fondos otorgados.
Todos los recursos judiciales relacionados con el posible desalojo de un inquilino seguirán un proceso legal ante un juzgado de paz o una corte del condado, en donde el Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas no participa como una parte interesada. La Biblioteca Legal del Estado de Texas posee los siguientes recursos relacionados con el funcionamiento de los juzgados de paz (https://guides.sll.texas.gov/small-claims); además, la Corte Suprema de Texas tiene actualmente una orden de emergencia que ofrece algunos tipos de protección ante desalojos en determinadas circunstancias (https://www.txcourts.gov/media/1453714/229015.pdf). Le recomendamos a los inquilinos que visiten https://texaslawhelp.org/eviction-referral o llamen al teléfono 855-270-7655 para obtener ayuda para comprender sus opciones y buscar ayuda legal gratis o a bajo costo.
Los abogados le pueden ayudar a comprender sus derechos cuando esté afrontando un proceso legal de desalojo. Visite https://stoptxeviction.org, https://texaslawhelp.org/, o llame al 855-270-7655 (Centro de Servicios Legales de Texas) para obtener ayuda comprendiendo sus opciones y buscando asesoría legal gratis o a bajo costo.
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Si el propietario no acepta los términos y el inquilino recibe asistencia directamente y paga la renta, ¿se eliminarán los recargos por pagos atrasados o los costos por un proceso legal de desalojo?
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No. Si el propietario decide no participar en el programa, el programa no puede obligar al propietario a renunciar al pago de multas o a detener un proceso de desalojo que ya ha sido iniciado.
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¿Qué certificaciones y/o constancias debo firmar como un inquilino que aplica para el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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Usted puede encontrar una copia de la Certificación del Inquilino (PDF) en la pestaña de Forms and Resources (Formularios y Recursos).
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¿Pueden usarse los fondos del TRRP para gastos de reubicación tales como depósitos de seguridad o gastos de traslado?
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No. Los fondos del TRRP no pueden pagar gastos de reubicación tales como depósitos de seguridad o gastos de traslado.
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¿Pueden usarse los fondos del TRRP en una unidad a la que me he reubicado después de haber presentado mi aplicación?
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No. Si usted se traslada después de haber presentado una aplicación y desea solicitar asistencia para el pago de rentas o servicios públicos para la nueva unidad a la que usted se trasladó, usted puede presentar una solicitud de fondos adicional con la información relacionada con la nueva unidad y ese contrato, después de haber recibido una invitación para aplicar para fondos adicionales.
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¿Qué sucede si el propietario de una unidad se niega a participar en el programa y la asistencia es pagada directamente al inquilino, pero el propietario se niega a aceptar los pagos del inquilino para cubrir sus rentas vencidas? ¿Puede usar el inquilino estos fondos para otra unidad?
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En este escenario, recomendamos encarecidamente la comunicación entre el propietario de la unidad y su inquilino, ya que el pago únicamente puede ser aprobado para los meses y cantidades establecidas en la aplicación. Si el propietario rechaza el pago, el inquilino no puede utilizarlo para pagar sus gastos de reubicación, como por ejemplo depósitos de seguridad o gastos de mudanza; estos fondos deben ser reembolsados al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas.
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¿Se puede obtener asistencia para el pago de dos meses futuros de servicios públicos?
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Sí, los aplicantes pueden solicitar el mes actual y hasta dos meses de asistencia futura. En la mayoría de casos, la cantidad de asistencia para servicios públicos aprobada para meses futuros estará basada en el valor de la factura del mes actual.
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Si me he cambiado de compañía proveedora de servicios públicos, pero aún tengo cuentas pendientes con mi compañía anterior, ¿aún puedo utilizar los fondos de asistencia para pagarle a mi compañía proveedora de servicios públicos anterior?
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Sí. Si el programa TRR ha aprobado fondos de asistencia para el pago de servicios públicos para usted, y después de eso usted se ha cambiado de proveedor, usted aún puede utilizar los fondos para pagar el saldo de sus cuentas vencidas con la compañía proveedora de servicios públicos que aparecía en su aplicación del TRR, y luego reembolsarle la cantidad excedente de fondos al programa.
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¿Qué documentación puedo obtener y proporcionarle a mi proveedor de servicios públicos para probarle que mi aplicación está siendo procesada?
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Los aplicantes pueden iniciar una sesión en el portal y darle seguimiento directamente al estado de su aplicación las 24 horas del día, los siete días de la semana, en: https://hornellp-tx.neighborlysoftware.com/texasrentrelief/Participant.
Los aplicantes y las compañías proveedoras de servicios públicos pueden llamar de lunes a Viernes de 8 a.m. a 6 p.m. CST al 1-833-9TX-RENT (1-833-989-7368) para obtener información acerca del estado de una aplicación.
Una vez que un aplicante haya recibido un correo electrónico de aprobación, puede usar esto para demostrarle al proveedor de servicios públicos que el pago debería recibirse dentro de los siguientes 7 a 14 días.
Para solicitudes de documentación adicional, por favor llame al programa al 1-833-9TX-RENT (1-833-989-7368) y esté listo para proporcionar su número de identificación de caso de inquilino.
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Si un aplicante tiene una hipoteca, pero únicamente quiere solicitar asistencia con sus servicios públicos, ¿puede hacerlo?
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No. Los aplicantes deben alquilar para ser elegibles para el TRRP. El Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas (TDHCA, por sus siglas en inglés) tiene varios otros programas que pueden cubrir hipotecas y servicios públicos. Los programas disponibles por condado se pueden encontrar en la página de internet del TDHCA.
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He presentado mi solicitud para recibir fondos adicionales, pero ahora estoy retrasado en el pago de mi renta. ¿Cuándo será aprobada mi solicitud?
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Las solicitudes para fondos adicionales (AFR, por sus siglas en inglés) se colocan en línea para ser revisadas en la fecha en que fueron presentadas, junto con las aplicaciones originales que se presentaron inicialmente. Dado el gran volumen de solicitudes que se están revisando actualmente, la revisión puede llevar varios meses. Recuerde, al cargar cualquier información faltante o adicional que se le haya solicitado, seleccionar el botón de “Submit” (Enviar) para que podamos recibir su información. Le recomendamos que mantenga al propietario de su unidad informado de cualquier información adicional solicitada y de cualquier actualización en el estado de su aplicación.
Para opciones de asistencia alternativas, visite la página web Help for Texans, esta herramienta de búsqueda de asistencia de alquiler de la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB), o llame al 2-1-1 Texas para obtener información sobre organizaciones que están ayudando a los texanos con asistencia de emergencia para el alquiler y los servicios públicos. También puede comunicarse con la (s) autoridad (es) de vivienda pública local o con la ciudad o condado para saber qué otra ayuda está disponible.
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He recibido una notificación de la suspensión de un servicio público y necesito asistencia inmediata. ¿Cómo puedo evitar que mi servicio sea suspendido?
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Si su aplicación es aprobada, proporciónele al proveedor de su servicio público copia del correo electrónico con la notificación de su aprobación para que demore la suspensión de su servicio por el pago pendiente.
Si su aplicación aún no ha sido aprobada, y usted se encuentra en necesidad urgente de asistencia para tener electricidad, gas natural o propano, utilice el siguiente enlace para encontrar un proveedor del programa integral de asistencia de energía de TDHCA en su área: https://www.tdhca.state.tx.us/texans.htm. Seleccione “Utility Bill Payment Help” (Ayuda para el Pago de Facturas de Servicios Públicos) y luego ingrese su ciudad o condado.
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Si desocupo mi unidad, ¿puedo recibir fondos por mis pagos vencidos?
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Para poder solicitar asistencia para pagos vencidos, el inquilino debe haber desocupado la unidad de forma voluntaria o el contrato debe haberse vencido sin que el propietario de la unidad decidiera renovarlo.
El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas no puede brindar asistencia para pagos vencidos si el inquilino desocupa la unidad para la que está solicitando asistencia después de haber recibido una sentencia de desalojo o un auto de posesión legal.
Proveedores de servicios públicos
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¿Existe algún compromiso que los proveedores de servicios públicos no suspenderán los servicios mientras una aplicación esté pendiente?
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No. Los proveedores de servicios públicos no necesariamente sabrán que hay aplicaciones pendientes.
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¿Se espera que los proveedores de servicios públicos renuncien a todos los recargos por pagos atrasados o por notificaciones de suspensión de servicios?
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No. Los inquilinos pueden solicitar recargos por pagos atrasados y/o por suspensión de servicio como parte de su solicitud de servicios públicos vencidos.
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¿Pueden los propietarios aplicar para obtener asistencia para las facturas de servicios públicos en nombre de sus inquilinos?
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Si el propietario está ayudando a una familia con su aplicación, el propietario también puede solicitar asistencia para los servicios públicos, siempre y cuando se presente toda la documentación necesaria y el inquilino esté consciente que se está presentando esta solicitud. A partir del 10 de octubre del 2022, todos los pagos de asistencia para el pago de servicios públicos se harán directamente a los inquilinos.
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¿Pueden los proveedores de servicios públicos inscribirse para recibir pagos directamente de TRR?
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No. A partir del 10 de octubre del 2022, los proveedores de servicios públicos ya no se podrán inscribir para recibir pagos directamente del TRR.
A partir del 10 de octubre del 2022, todos los pagos de asistencia para el pago de servicios públicos se harán directamente a los inquilinos para poder asegurarnos de que los pagos de asistencia sean eficientes y se hagan en un tiempo debido. Luego, se espera que, siguiendo las reglas del programa, el inquilino les pague a sus proveedores de servicios públicos por su propia cuenta.
Previo al 10 de octubre del 2022, para poder ser considerados para recibir pagos directos del TRR, los proveedores de servicios públicos eran contactados por el programa para que proporcionaran su información bancaria, número de identificación de empleador (EIN, por sus siglas en inglés), una dirección de correo electrónico, y una certificación de proveedor de servicios públicos.
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¿En dónde se puede encontrar el Formulario de Certificación de Proveedor de Servicios Públicos?
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A partir del 10 de octubre del 2022, el programa TRR ya no está recibiendo formularios de certificación de proveedores de servicios públicos.
Puede encontrar un ejemplo del Formulario de certificación de proveedor de servicios públicos utilizado anteriormente en la página Formularios y recursos.
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¿Qué deberían esperar los proveedores de servicios públicos en términos de la frecuencia de sus pagos?
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A partir del 10 de octubre del 2022, todos los pagos de asistencia para el pago de servicios públicos se harán directamente a los inquilinos para poder asegurarnos de que los pagos de asistencia sean eficientes y se hagan en un tiempo debido. Luego, se espera que, siguiendo las reglas del programa, el inquilino les pague a sus proveedores de servicios públicos por su propia cuenta.
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¿Cómo podrá el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas verificar si un cliente ha recibido otros fondos de asistencia para las mismas facturas de servicios públicos que se están presentando para recibir asistencia?
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Los inquilinos deben firmar una certificación de inquilinos y certificar que no recibirán asistencia duplicada. La certificación requiere que, si se llegara a hacer un pago en duplicado, el inquilino debe reembolsar dichos pagos duplicados al programa dentro de los siguientes diez días.
TDHCA está consciente de que un proveedor de servicios públicos no necesariamente sabe que recibirá un pago en duplicado hasta que esto ya haya sucedido.
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¿Espera el TDHCA que el proveedor de servicios públicos haga algún tipo de informe acerca de los fondos que ha recibido?
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No. No es necesario que el proveedor de servicios públicos haga cualquier tipo de informe.
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¿Habían certificado los proveedores de servicios públicos que no recibirían pagos de asistencia en duplicado?
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A partir del 10 de octubre del 2022, el programa TRR ya no está recibiendo formularios de certificación de proveedores de servicios públicos.
Previo al 10 de octubre del 2022, los proveedores de servicios públicos tenían que aceptar una certificación de proveedores de servicios públicos. Esta certificación exigía que, de hacerse pagos de asistencia en duplicado, los proveedores de servicios públicos debían reembolsar estos fondos al programa dentro de los siguientes 30 días. En la página Forms & Resources (Formularios y Recursos) se puede encontrar un ejemplo de la certificación de proveedores de servicios públicos usada en el pasado.
Programa de Prevención de Desalojo
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¿Qué es el Programa de Prevención de Desalojo de Texas (TEDP, por sus siglas en inglés)?
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El Programa de Prevención de Desalojo de Texas (TEDP, por sus siglas en inglés) fue creado por la Corte Suprema de Texas, la Oficina de Administración de Tribunales de Texas, y el Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas (TDHCA, por sus siglas en inglés) para ayudarles a los inquilinos elegibles a permanecer en sus hogares y proporcionarles a los propietarios una alternativa al desalojo. Una parte de los fondos del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas ha sido apartada específicamente para esta actividad.
El TEDP utiliza un proceso judicial especial que le permite a las cortes detener las demandas de desalojo y desviarlas al TEDP. Tanto el inquilino como el propietario deben acordar participar y deben cumplir los requisitos. La asistencia se hace en pagos globales a los propietarios, a cambio de permitir que los inquilinos permanezcan en su hogar. Los casos desviados son desestimados y se mantienen confidenciales de divulgación pública.
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¿Es la corte la que hace la referencia al programa, o el propietario y el inquilino deben aplicar al programa por su cuenta a través de la página de internet?
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El propietario de la unidad y el inquilino deben aplicar al programa por sí solos a través de la página de internet.
Debido a que el proceso de presentar la aplicación al TRRP, su revisión, y pago no es inmediato y las aplicaciones son revisadas por orden de llegada, le recomendamos encarecidamente a los inquilinos que presenten su solicitud de asistencia para el pago de rentas tan pronto como identifiquen que necesitan esta asistencia, antes de tener que enfrentar un proceso legal de desalojo. Por otro lado, de llegar a la corte, ahí se discutirá el Programa de Prevención de Desalojo de Texas y la asistencia para el pago de rentas del TRRP durante la audiencia y se referirá al inquilino y propietario para que apliquen.
Tanto el inquilino como el propietario de la unidad deben aplicar por medio de la página de internet TexasRentRelief.com o del teléfono 1-833-989-7368. El inquilino deberá proporcionar el número de expediente del proceso legal correspondiente, el número de distrito del Juez de Paz, y el condado en la parte de la solicitud que se refiere al inquilino.
Para obtener más información acerca del proceso legal de desalojo, se puede consultar la página de internet del Sistema Judicial de Texas en https://www.txcourts.gov/programs-services/eviction-diversion-program y llamando al 855-270-7655 (Centro de Servicios Legales de Texas).
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¿Cómo se manejan las aplicaciones para evitar desalojos para que podamos obtener acceso a los fondos apartados para el Programa de Prevención de Desalojo?
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El proceso de aplicación puede ser iniciado ya sea por el propietario de la unidad o por el inquilino. Aplique en TexasRentRelief.com. Hay una sección en la aplicación para inquilinos donde el aplicante para el cual se ha iniciado un proceso legal de desalojo puede proporcionar la información de su caso, incluyendo el número de expediente del proceso legal, el número de distrito del Juez de Paz, y el condado de la corte. Al ingresar el número de expediente, el caso del aplicante es colocado en la lista de casos apartados para el TEDP.
Las aplicaciones del Programa de Prevención de Desalojo tendrán prioridad para ser revisadas.
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¿Es necesario completar la declaración de los Centros para el Control y la Prevención de las Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) para participar en el programa TEDP/TRR?
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No.
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¿Existe alguna diferencia para los propietarios de unidades localizadas en condados donde se llevó a cabo el plan piloto del Programa para Prevención de Desalojo?
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El programa para prevención de desalojo ahora está disponible en los 254 condados de todo el Estado. Por lo tanto, cualquier distinción anterior ya no tiene validez.
Todas las personas para las cuales se hayan iniciado procesos legales de desalojo en las cortes locales deben aplicar a través del programa a nivel estatal en línea en TexasRentRelief.com. Todas las notificaciones de desalojo incluirán un resumen del TEDP y un volante acerca del programa. En la audiencia, el Juez de Paz discutirá el Programa de Prevención de Desalojo con el propietario y el inquilino. Ambos, el propietario y el inquilino deben estar de acuerdo para evitar el desalojo. Sin embargo, tome en cuenta que el inquilino todavía puede aplicar para recibir asistencia.
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Nosotros enviamos una notificación de desalojo para un inquilino, pero no hemos presentado la demanda de desalojo ante la corte. Le pedimos al inquilino que aplicara al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas, pero no lo ha hecho. ¿Podemos proceder con la demanda ante la corte? ¿Qué pasa si el inquilino aplica después de esto y es aprobado?
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El TDHCA no puede ofrecer un asesoramiento relacionado con los pasos legales que el propietario pueda elegir seguir con sus inquilinos. Si usted decide continuar con el proceso legal de desalojo presentado ante la corte, y el inquilino subsiguientemente aplica para el programa y es aprobado, pero aún así usted decide desalojar, usted no puede aceptar los fondos. Los inquilinos pueden solicitar asistencia para el mes actual y dos meses futuros. El inquilino no puede ser desalojado durante los meses en que el propietario acepte la asistencia.
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¿Puedo presentar una demanda de desalojo si el inquilino arrenda su unidad mes a mes y ha emitido una declaración de los Centros para el Control y la Prevención de las Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés)?
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Un propietario no puede desalojar a su inquilino mientras esté recibiendo asistencia para su familia del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. El TDHCA no puede ofrecer un asesoramiento legal acerca de si el propietario debiera desalojar a su inquilino o no con una declaración de los CDC, y tampoco el TDHCA le puede indicar al propietario si debiera desalojar a su inquilino o no si el contrato se vence.
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Si yo únicamente he recibido pagos parciales por rentas vencidas, ¿tengo prohibido continuar con el proceso de desalojo que actualmente está en la corte?
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El TDHCA no puede ofrecer un asesoramiento relacionado con los pasos legales que el propietario pueda elegir seguir con sus inquilinos. Por favor tome en cuenta que el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas puede pagar hasta 15 meses de rentas vencidas, siempre y cuando la solicitud no sea para meses anteriores al 13 de marzo del 2020 y cumpla con todos los otros criterios de elegibilidad.
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¿Qué documentos puede compartir el programa?
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El programa puede compartir con un inquilino aplicante, un usuario aprobado por el inquilino, un administrador o propietario de unidad, o un proveedor de servicios públicos una copia de las certificaciones del inquilino, propietario de la unidad, o proveedor de servicios públicos; los meses/cantidades/tipos de asistencia que han sido aprobados; y prueba de pagos hechos por medio de cheques o depósitos ACH (si aplica, con la información bancaria editada). Para compartir cualquier información de la aplicación con cualquier otra persona fuera de estas partes, incluyendo abogados, el TRRP debe primero contar con una autorización de divulgación de información firmada por la parte involucrada en el período de la aplicación.
Para solicitar dicha documentación, contacte al centro de atención al 1-833-989-7368. Dado el volumen de solicitudes, puede tomar aproximadamente una semana para que se reciban los documentos.
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Mi aplicación todavía se encuentra pendiente, pero ahora el propietario de mi unidad ha presentado una demanda de desalojo en mi contra. ¿Qué puedo hacer?
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Para cualquier aplicante con una aplicación del TRR pendiente que esté enfrentando un proceso legal de desalojo y tenga el número de expediente del proceso legal correspondiente, le recomendamos llamar al centro de atención del TRR al 833-989-7368 para actualizar su solicitud pendiente. Las aplicaciones de los inquilinos a los que se les haya iniciado un proceso legal de desalojo forman parte de un grupo prioritario para revisión. Estas aplicaciones son priorizadas para reducir el tiempo de procesamiento y aumentar la posibilidad de que el desalojo sea evitado.
Si usted/el propietario de su unidad no ha recibido ningún pago de asistencia antes de la fecha de la audiencia relacionada con su desalojo, le recomendamos enfáticamente que asista a la audiencia y le haga saber al juez que usted está buscando asistencia para el pago de renta. De lo contrario, se podría perder la oportunidad de contar su lado de la historia.
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Mi aplicación todavía se encuentra pendiente, pero ya se acerca la fecha para la audiencia de mi desalojo. ¿Debo presentarme a la audiencia de desalojo?
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Sí. Si usted o el propietario de su unidad no han recibido ningún pago de asistencia antes de la fecha de la audiencia de su desalojo, le recomendamos seriamente que se presente a su audiencia. Si usted no se presenta, no tendrá la oportunidad de exponer su lado de la historia.
Durante la audiencia, explíquele al juez y al propietario de su unidad que usted está interesado en participar en el Programa de Prevención de Desalojo de Texas y en detener su desalojo mientras logra obtener asistencia para el pago de rentas. Obtenga más información de cómo funciona este programa aquí: https://texasrentrelief.com/wp-content/uploads/2021/04/TRR-Eviction-Diversion-Program.pdf.
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Creo que necesito ayuda legal acerca de mi condición de vivienda y/o desalojo. ¿Dónde puedo obtener ayuda?
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Los abogados le pueden ayudar a comprender sus derechos cuando esté afrontando un proceso legal de desalojo. Visite https://stoptxeviction.org, https://texaslawhelp.org/, o llame al 855-270-7655 (Centro de Servicios Legales de Texas) para obtener ayuda comprendiendo sus opciones y buscando asesoría legal gratis o a bajo costo.
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Como inquilino, yo recibí asistencia para el pago de rentas directamente de TRRP porque el propietario de mi unidad decidió no participar en el programa. ¿Puedo usar los fondos de la asistencia para el pago de rentas que recibí de TRRP para depositar mi renta en el registro del juzgado mientras apelo mi proceso legal de desalojo?
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Sí. En general, un inquilino que ha recibido un pago directo para renta del TRRP debe pagarle directamente al propietario de su unidad, pero si el inquilino está enfrentando un proceso legal de desalojo, puede depositar el dinero para el pago de rentas en una corte de justicia o el registro de la corte del condado. Debido a que el proceso de presentar la aplicación al TRRP, su revisión, y pago no es inmediato y las aplicaciones son revisadas por orden de llegada, le recomendamos encarecidamente a los inquilinos que presenten su solicitud de asistencia para el pago de rentas tan pronto como identifiquen que necesitan esta asistencia, antes de tener que enfrentar un proceso legal de desalojo.
Sin embargo, los honorarios legales y los costos por procesos legales no son usos elegibles para los pagos de asistencia para el pago de rentas del TRRP.
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¿Qué sucede si los requisitos establecidos en la Orden de Emergencia de la Corte Suprema de Justicia de Texas para el Programa de Prevención de Desalojo de Texas no son aceptados por la corte?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas no puede ofrecer asesoría legal. Cualquier preocupación sobre el incumplimiento de las órdenes de la Corte Suprema de Justicia de Texas deben elevarse a la Oficina de Administración de Tribunales.
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¿Cuándo concluye el Programa de Prevención de Desalojo de Texas?
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El Programa de Prevención de Desalojo de Texas es administrado en colaboración con el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas y las cortes del Estado. El financiamiento disponible a través del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas para los participantes en el Programa de Prevención de Desalojo de Texas estará disponible hasta que todos los fondos hayan sido agotados. La información relacionada con las Órdenes de Emergencia de la Corte Suprema de Justicia de Texas relacionada con el Programa de Prevención de Desalojo de Texas se puede encontrar aquí: https://www.txcourts.gov/programs-services/eviction-diversion-program/.
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¿Puede TRR ayudar a los aplicantes a encontrar servicios legales sin costo para ayudar a prevenir el desalojo de su familia?
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TRR no puede ofrecer ayuda legal gratis para los aplicantes que están afrontando casos legales de desalojo, pero existen varias organizaciones en todo Texas que ofrecen servicios legales civiles gratis a las familias elegibles que están afrontando inestabilidad en sus condiciones de vivienda, incluyendo:
- Clínicas de estabilidad de vivienda para ayudar con asesoría legal a las familias de escasos recursos económicos afectadas por el COVID-19
- Información y representación legal en Juzgados de Paz y cortes del condado que están conociendo los casos derivados del COVID-19 para familias de escasos recursos económicos que afrontan procesos legales relacionados con su desalojo
Para obtener acceso a ayuda legal para casos de vivienda relacionados con el COVID-19, y para encontrar ayuda legal en su área, visite: https://texaslawhelp.org/eviction-referral.
Divulgación
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¿Qué pueden hacer las organizaciones sin fines de lucro locales y los proveedores de servicios públicos para ayudar a los inquilinos con el programa?
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Imprimir volantes para los inquilinos desde el kit de herramientas en la página de internet. Hablarles a los clientes del programa. Si los clientes no tienen acceso a una computadora o un teléfono, ofrecerles acceso a una computadora. Si no están seguros de la documentación necesaria, ayudarles a asegurarse que tienen todos los documentos necesarios (de sus ingresos, contrato o acuerdo de arrendamiento, etc.).
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¿Puede convertirse una organización sin fines de lucro local en proveedora del programa?
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El Programa de Asistencia para Rentas de Texas es operado en su totalidad por el estado, sin sub-receptores locales. Los aplicantes aplican directamente al programa a nivel estatal en línea en TexasRentRelief.com o por teléfono al 1-833-9TX-RENT.
Informes
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¿Qué información reportará el TDHCA acerca del programa y sus beneficiarios? ¿Qué tan seguido?
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En este momento, el proyecto de ley que autoriza estos fondos y la correspondiente guía del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos requieren que se recolecte la siguiente información. Se espera que el TDHCA le de informes trimestrales al Departamento del Tesoro.
Información que debe ser recolectada del programa:
- la cantidad de aplicaciones recibidas;
- la cantidad de familias elegibles que reciben asistencia de estos pagos;
- la tasa de aprobación de los aplicantes que solicitan asistencia;
- el tipo de asistencia que se le provee a cada familia elegible;
- la cantidad promedio de fondos que se le provee a cada familia elegible que recibe asistencia;
- los niveles de ingresos familiares que han sido atendidos, divididos por segmentos; y
- la cantidad promedio de pagos mensuales de renta o de servicios públicos que fueron cubiertos por la cantidad de fondos que una familia recibió, según corresponda
Información que debe ser recolectada de cada familia:
- Dirección de la unidad de renta
Los siguientes datos se recopilarán como un agregado de todos los hogares:
- Nombre, dirección, número de seguridad social, número de identificación fiscal o número del sistema de numeración universal de datos (DUNS, por sus siglas en inglés), según corresponda, para el propietario y para el inquilino;
- Cantidad y porcentaje de la renta mensual cubierta por el programa de Asistencia para Emergencias en el Pago de Rentas (ERA, por sus siglas en inglés);
- Cantidad y porcentaje de las facturas de servicios públicos y de energía para el hogar cobradas independientes de la renta y cubiertas por la asistencia del ERA;
- Cantidad total de cada uno de los tipos de asistencias (por ejemplo, rentas, rentas vencidas, costos de servicios públicos y energía para el hogar, costos de servicios públicos y energía para el hogar vencidos) proveídos para cada familia;
- Número de meses de pagos de alquiler y pagos de costos de servicios públicos o energía del hogar para los cuales se brinda asistencia de ERA,
- Ingresos familiares y cantidad de miembros de la familia; y
- Sexo, raza y etnicidad para el aplicante principal de la asistencia.
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¿Cómo pueden los medios de comunicación tener acceso a la información acerca del desempeño del programa, especialmente en relación con la demografía de sus beneficiarios?
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La información acerca del desempeño del programa estará disponible en las páginas de internet del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas y del TDHCA.
Preguntas acerca del sistema
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¿Hay algún explorador de internet recomendado para el uso del sistema de aplicaciones?
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Los exploradores recomendados son Chrome y Firefox.
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¿Cómo obtengo ayuda para inscribir una cuenta, iniciar una sesión, o restablecer una contraseña?
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Si usted tiene dificultad para ingresar a su cuenta o ha tenido problemas con la aplicación en línea, por favor llámenos gratis de lunes a sábado de 8 a.m. a 6 p.m. a 833-9TX-RENT (833-989-7368).
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¿Cómo invitan los inquilinos a los propietarios para que inicien una aplicación, y cómo se unen los inquilinos y los propietarios?
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Estamos actualizando el sistema para asegurarnos que los inquilinos puedan invitar a los propietarios y para unir a los inquilinos/propietarios. Todas las aplicaciones existentes serán trasladadas al nuevo sistema. Podría ser que hasta entonces los inquilinos y propietarios sean unidos en el sistema.
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¿Se puede eliminar una invitación después de que haya sido enviada?
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No. Aunque un inquilino o un propietario pueden elegir no seguir participando, no hay manera de eliminar una invitación después de que haya sido enviada.
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¿Necesitan los inquilinos y propietarios tener su propio perfil único en el sistema?
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Sí. Tanto los inquilinos como los propietarios deben crear su propio perfil único y contraseña.
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¿Tienen los propietarios e inquilinos la misma visibilidad del estado de la aplicación?
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Ambos, los propietarios y los inquilinos podrán darle seguimiento al estado de una aplicación.
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¿Puedo presentar aplicaciones por correo electrónico?
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No, para garantizar la seguridad de la información de los aplicantes, TRRP no acepta aplicaciones por correo electrónico. Los inquilinos que tengan dificultad para ingresar a su aplicación en línea pueden llamar al centro de atención para presentar la inscripción de su cuenta por teléfono. Como parte de este proceso, la documentación se aceptará por correo postal en la siguiente dirección:
ATTN: Texas Rent Relief Program
PO Box 580314
Houston, TX 77258 -
¿Qué significan los diferentes estados de la aplicación?
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Usted podrá ver varios de estos estados para su aplicación durante el proceso:
- Aplicación en proceso – incompleta
- Aplicación presentada – recibida para ser revisada
- Aplicación bajo revisión
- Aplicación pendiente de recibir información del aplicante
- Aplicación retirada
- Aprobada: pendiente comunicación por correo electrónico/llamada/mensaje de texto con el propietario acerca de su participación
- Aprobada: pendiente de pago
- Rechazada
- Pagada
- Se presentó recertificación
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¿Puede asegurar el sistema que los propietarios e inquilinos no puedan ver la información confidencial de la otra persona?
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Sí. Aunque las correspondientes aplicaciones de los inquilinos y propietarios son unidas en el sistema para ser revisadas conjuntamente, son dos aplicaciones independientes y no hay información del inquilino más allá de lo que aparece en el contrato (por ejemplo, el nombre y dirección del inquilino) que vaya a ser compartida con el propietario.
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¿Cuál es el proceso para editar, corregir o borrar información que ya ha sido presentada por medio del portal en línea?
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Si usted necesita modificar su cuenta, perfil, o solicitud de pagos, por favor llámenos gratis de lunes a sábado de 8 a.m. a 6 p.m. a 833-9TX-RENT (833-989-7368). Conforme vayamos avanzando con la actualización del sistema, estas funciones se irán haciendo disponibles.
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Todas las aplicaciones que he presentado indican en el estado Additional Information Needed (Información adicional requerida), pero no puedo agregar nada más. ¿Qué significa esto?
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Nos comunicaremos con usted para solicitarle información adicional.
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Cuando intento usar la opción de "Import Tenant" (Importar un inquilino), recibo un mensaje de error. Actualmente el sistema únicamente me permite presentar solicitudes para mis primeros cinco inquilinos. ¿Cuándo permitirá el sistema agregar lotes de inquilinos? ¿Existe un plan para crear uno o cargar esto al sitio de internet?
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Bajo la Sección B. Información del Inquilino de la aplicación en línea, usted ahora puede “Upload Tenant File” (Cargar el expediente de un inquilino) para lotes de inquilinos. Si usted ya presentó su aplicación y necesita cargar expedientes adicionales de otros inquilinos, por favor llame al centro de atención para reabrir la Sección B.
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Yo cargué los documentos necesarios cuando presenté mi aplicación, pero cuando revisé mi aplicación no aparecen los documentos que cargué. ¿Necesito volver a cargarlos?
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Si usted ve una solicitud de pago en su tablero, usted no necesita volver a presentar sus documentos. Si hay información faltante, nos estaremos comunicando con usted.
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¿Se pueden incluir los recargos por pagos atrasados o los costos por un proceso legal de desalojo en la solicitud de asistencia?
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Los recargos razonables por pagos atrasados derivados del incumplimiento de pagos por renta que no excedan las cantidades permitidas por el contrato y que no sean anteriores al 13 de marzo del 2020 están permitidos. Los propietarios deben declarar que los recargos por pagos atrasados son legales de conformidad con el inciso 92.019 del Código de Propiedad de Texas.
Los recargos por pagos atrasados que ya han sido ingresados en el sistema por aplicantes existentes serán permitidos. Las aplicaciones existentes que no incluyen recargos por pagos atrasados no pueden modificarse, pero estos aplicantes podrán presentar una nueva solicitud para los recargos por pagos atrasados elegibles después de la fecha de entrada en vigor del 8 de marzo.
Los costos por procesos legales no pueden ser incluidos en la solicitud de asistencia.
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¿Cómo se garantiza la seguridad de la información que estoy incluyendo en mi aplicación, y quién tiene acceso a ella?
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TDHCA ha establecido requisitos de seguridad y privacidad para cierta información de los aplicantes, que:
- incluye las medidas apropiadas para garantizar que la privacidad de los individuos y las familias sea protegida
- garantice que la información, incluyendo cualquier información que identifique a algún individuo, sea usada y recolectada únicamente para efectos de presentar reportes a la Tesorería
- proporcione protección de confidencialidad para la información recolectada acerca de cualquier individuo que sea sobreviviente de violencia conyugal, abuso sexual, o acoso.
TDHCA contrata proveedores que revisan todas las aplicaciones. Todos los proveedores deben seguir las mismas medidas anteriores para garantizar la seguridad de la información.
Contra el fraude, desperdicio y abuso
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¿Quién puede reportar un fraude, desperdicio o abuso? Y, ¿cuáles son las definiciones de fraude, desperdicio y abuso (FWA, por sus siglas en inglés)?
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Cualquier persona, independientemente de su religión, raza, estatus migratorio o estado de su documentación, o país de origen, puede presentar una denuncia de fraude, desperdicio o abuso con toda seguridad. Una persona no tiene que haber sido participante del programa para compartir su sospecha que se ha cometido un posible fraude, desperdicio o abuso.
Fraude está definido como el engaño deliberado o delictivo, con fines de obtener ganancias económicas o personales. El fraude incluye la representación falsa de hechos, hacer declaraciones falsas, o el encubrimiento de información.
Desperdicio está definido como el gasto irresponsable y descuidado, mal manejo, o abuso de recursos, en detrimento (o posible detrimento) del gobierno de los Estados Unidos. El desperdicio también incluye incurrir en gastos innecesarios como resultado de prácticas, sistemas o controles ineficientes o inefectivos.
Abuso está definido como el uso excesivo o inapropiado de una cosa, o usar algo de una manera contraria a los usos naturales o legales del mismo. El abuso se puede dar en cuestiones financieras tanto como en no financieras.
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¿Qué debo reportar si sospecho que se está cometiendo fraude, desperdicio o abuso en relación con una solicitud o pago del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRRP, por sus siglas en inglés)?
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TRRP invita a cualquier persona que tenga una sospecha de que se ha cometido fraude, desperdicio o abuso (como, por ejemplo, mala administración de fondos del programa TRR), relacionado con una solicitud o pago del TRRP, a que lo denuncie. Algunos de los escenarios reportables incluyen:
- Cualquier acto deshonesto o fraudulento, incluyendo proporcionar información falsa para calificar para recibir asistencia o presentar aplicaciones fraudulentas, o personas que se ponen de acuerdo para presentarse como propietarios e inquilinos cuando, realmente, no tienen una relación de inquilino y propietario;
- Malversación de fondos por los propietarios e inquilinos, usando los fondos previstos para la asistencia en el pago de rentas y servicios públicos para otros propósitos no elegibles;
- Incumplimiento del propietario o inquilino de cumplir con los términos de las certificaciones del programa;
- Uso indebido de la información o los registros del TRR; y
- Cualquier otra irregularidad similar o relacionada.
Las denuncias a la línea directa son increíblemente valiosas, y apreciamos cualquier esfuerzo por ayudar al programa TRR para combatir el fraude, desperdicio y abuso.
Nota: La información no específica, demasiado amplia, o no identificable de posibles casos de infracciones no se podrá investigar.
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¿Cómo reportó el fraude, desperdicio o abuso (FWA, por sus siglas en inglés) al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas?
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El programa TRR tiene varias opciones para que las personas puedan denunciar una sospecha de fraude, desperdicio o abuso. Por favor reporte cualquier sospecha:
- Dejando un mensaje de voz detallado en la línea directa contra el fraude de TRR: 1-833-613-FRAUD o 1-833-613-7283
- Enviando por correo postal una denuncia por escrito a:
Texas Department of Housing and Community Affairs
Attn: Texas Rent Relief Program Fraud
P.O. Box 580314
Houston, TX 77258 - Presentando denuncias en la página de internet de la Oficina del Auditor del Estado en: (http://sao.fraud.state.tx.us)
- Presentando denuncias en la página de internet de la Oficina del Inspector General del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos en: (Report Fraud, Waste, and Abuse | Office of Inspector General)
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¿Qué información se necesita para presentar una denuncia de fraude, desperdicio o abuso?
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Entre más información se presente y más específica sea esta información, más posibilidades tendrá el equipo contra el fraude de TRR de investigar el asunto. Por favor tenga disponible la mayor cantidad posible de la siguiente información cuando usted contacte al programa TRR:
- Número de identificación del caso y nombres de los supuestos infractores involucrados, testigos, y/o víctimas;
- Detalles claros del fraude, desperdicio o abuso, y cómo se está realizando;
- Cualquier documentación a la que usted tenga acceso que respalde esta denuncia; y
- Su nombre y número de teléfono o dirección de correo electrónico (salvo que usted desee permanecer anónimo).
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¿Qué sucede después que se presenta una denuncia de fraude, desperdicio o abuso?
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Los reportes de fraude, desperdicio o abuso son registrados en nuestro sistema de registros, revisados, e investigados por un miembro del equipo contra el fraude de TRR. Este miembro del equipo contra el fraude de TRR será el que tome la decisión final sobre la denuncia.
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¿Qué pasa si la denuncia de fraude, desperdicio o abuso es corroborada?
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Si una investigación determina que un aplicante, propietario, o cualquier otra parte cometió fraude, desperdicio o abuso, se intentará recuperar los fondos (si aplica), y el caso se remitirá a la Oficina del Auditor del Estado de Texas o a la Oficina del Inspector General del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. Además, el programa también podrá buscar sanciones civiles y penales y una restitución, incluyendo los costos de la investigación.
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¿Puedo agregar información adicional a la denuncia de fraude, desperdicio o abuso después de haberla presentado?
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Una vez que la denuncia haya sido asignada a un miembro del equipo contra el fraude de TRR, un miembro del personal podrá contactarle si tiene alguna pregunta adicional sobre su denuncia.
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¿Recibiré información sobre la denuncia e investigación de fraude, desperdicio o abuso que yo presenté?
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No. Con el fin de proteger la identidad de los demandantes y la objetividad de la investigación, toda la información es confidencial.
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¿Existe alguna multa si los propietarios o los inquilinos presentan información fraudulenta?
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Sí. La falsificación de documentos o cualquier material falso u omisiones que se hagan en relación con una aplicación para este programa, incluyendo haber solicitado intencionadamente la duplicación de beneficios, está sujeta a sanciones penales estatales y federales. Se hace saber a los propietarios e inquilinos que el inciso 18 del Código de los Estados Unidos 1001 establece, entre otras cosas, que cualquier persona que consciente y deliberadamente haga o use un documento o escrito que contenga cualquier dato o información falsa, ficticia o fraudulenta en cualquier cuestión dentro de la jurisdicción de cualquier departamento o agencia de los Estados Unidos, será multada no más de $10,000 o enviada a prisión por no más de cinco años o ambas.
Reembolsos/Requerimientos de pago
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Cuándo se deben reembolsar los pagos a TRR?
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Es responsabilidad del inquilino que recibe fondos directamente pagarle al propietario de su unidad o al proveedor de servicios públicos los gastos elegibles. Es responsabilidad del propietario de la unidad o el proveedor de servicios públicos aplicar esta asistencia a las rentas vencidas o a la cuenta del inquilino por los costos elegibles que aparecen en el correo electrónico de aprobación.
Los fondos deben ser reembolsados al Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas en cualquier momento que un beneficiario reciba una notificación de requerimiento de fondos por reembolso o identifique por sí mismo uno de los siguientes escenarios:
- Duplicación de beneficios: El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR, por sus siglas en inglés) y algún otro programa de asistencia emitieron un pago en nombre del mismo inquilino, por el mismo gasto, por el mismo período de tiempo.
- Beneficiario incorrecto: El beneficiario no es elegible para recibir los fondos, ya que no es el inquilino, el propietario de la unidad donde reside el inquilino, o el proveedor de servicios públicos del inquilino.
- Se excedió la asistencia permitida: TRR emitió un pago que excede la cantidad máxima permitida por el gobierno federal para cierto período de asistencia.
- Sobrepago: TRR emitió un pago que excede la cantidad máxima que el aplicante tenía derecho de recibir conforme a su obligación de pago de renta o servicios públicos y las políticas del programa.
- Doble pago: TRR emitió un pago en nombre del mismo inquilino, por el mismo gasto, por el mismo período de tiempo, más de una vez.
- La familia no es elegible por no menos de una de las siguientes razones:
- La propiedad no se encuentra físicamente localizada dentro del Estado de Texas.
- El inquilino no pudo comprobar que la unidad para la cual solicitó asistencia era su residencia principal.
- El inquilino no pudo comprobar que estaba alquilando la unidad o tenía una obligación de pago de renta o servicios públicos para dicha unidad.
- En el momento en que se presentó la aplicación, la familia del aplicante tenía ingresos mayores al límite establecido del programa para el tamaño de dicha familia de 80% del Ingreso Medio del Área (AMI, por sus siglas en inglés).
- La aplicación contiene información falsa, no verificable, y/o contradictoria, o no es elegible debido a que no se proveyó la información requerida para confirmar la elegibilidad del programa.
- La asistencia otorgada en una ocasión anterior no fue utilizada para el fin previsto.
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Si un inquilino recibe un desembolso de asistencia de TRR y otro pago de algún programa de asistencia federal, estatal, o local, ¿puede aplicar el inquilino los fondos de TRR para meses futuros?
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No, la asistencia duplicada para dichos meses recibida a través del Programa de Asistencia para Pagos de Texas no se puede aceptar. Recibir un segundo pago para los mismos meses de renta o gastos por servicios públicos que ya han sido pagados a través de otros programas de asistencia es una duplicación de beneficios, y la duplicación de beneficios no está permitida de conformidad con las regulaciones federales.
Si mientras se está a la espera de recibir la asistencia de TRR, el inquilino realiza un pago de renta sin haber utilizado ayuda de otro programa de asistencia, por favor refiérase a la Pregunta Frecuente número 6232.
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¿Cómo podría afectar el reembolso de asistencia para el pago de rentas los casos de desalojo de inquilinos?
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De conformidad con las regulaciones federales y los términos y condiciones de participación en el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas establecidas en las respectivas certificaciones de TRRP para inquilinos y propietarios de unidades, TRRP busca un reembolso cuando se determina que se ha hecho un pago por asistencia no elegible o un sobrepago. Desafortunadamente, si el reembolso acorta el período de la asistencia, cualquier protección otorgada al inquilino por medio de la certificación de propietarios se acorta, también.
Para mantener a todas las partes informadas, tanto los inquilinos como los propietarios reciben notificaciones de requerimientos de pago y pueden contactar al centro de atención al teléfono 1-833-989-7368 para obtener más detalles acerca de la base por la que se solicitó el reembolso. Un inquilino, un usuario aprobado por el inquilino, o el abogado del inquilino también pueden solicitar de TRRP una copia firmada de la certificación del propietario que contenga las disposiciones relacionadas con los reembolsos, meses/cantidades/tipos de asistencia aprobadas, y comprobantes de pagos hechos por medio de cheques o transferencias ACH (si aplicaran, conteniendo la información bancaria).
Todos los recursos judiciales relacionados con el posible desalojo de un inquilino seguirán un proceso legal ante un juzgado de paz o una corte del condado, en donde el Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas no participa como una parte interesada. La Biblioteca Legal del Estado de Texas posee los siguientes recursos relacionados con el funcionamiento de los juzgados de paz (https://guides.sll.texas.gov/small-claims); además, la Corte Suprema de Texas tiene actualmente una orden de emergencia que ofrece algunos tipos de protección ante desalojos en determinadas circunstancias (https://www.txcourts.gov/media/1453714/229015.pdf). Le recomendamos a los inquilinos que visiten https://texaslawhelp.org/eviction-referral o llamen al teléfono 855-270-7655 para obtener ayuda para comprender sus opciones y buscar ayuda legal gratis o a bajo costo.
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¿Hay algún tipo de asistencia para inquilinos que quieren disputar con el propietario de su unidad, fuera de un caso de desalojo, cuando se le está solicitando al propietario que reembolse los fondos a través de un requerimiento de pago?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas no puede brindar un asesoramiento legal o intervenir en una relación legal entre inquilinos y propietarios; sin embargo, el programa por lo general les recomienda a los inquilinos que tienen disputas con sus propietarios o tienen una próxima audiencia de desalojo que se mantengan en comunicación con los propietarios de sus unidades. Además, si usted está afrontando un proceso legal de desalojo, TRR le recomienda buscar ayuda legal, presentarse en la audiencia de desalojo, y mantenerse en comunicación con el propietario de su unidad y con el juzgado. Visite https://texaslawhelp.org/eviction-referral o llame al teléfono 855-270-7655 para obtener ayuda para comprender sus opciones y buscar asistencia legal gratis o a bajo costo.
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¿Puede un inquilino, propietario de unidad, o proveedor de servicios públicos disputar un proceso de requerimiento de pago por reembolso?
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Para disputar la base del requerimiento de pago por reembolso, un inquilino, propietario de unidad, o proveedor de servicios públicos puede contactar al centro de atención al teléfono 1-833-989-7368 y proveer la información y documentación relevante. Al seleccionar la tercera opción en la llamada (“If you are calling about a notice you received regarding recapture, press 3” – Si usted está llamando en relación con una notificación que usted recibió solicitando un reembolso, presione tres), las personas serán redirigidas hacia personal dedicado a los requerimientos de pago por reembolso. Al llamar, estas personas deben estar preparadas para proveer el número de caso de su aplicación de TRR y verificar su identidad. TRRP investigará la información provista y, en consecuencia, continuará o concluirá los esfuerzos de obtener un reembolso.
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Tengo algunas preguntas en relación con un requerimiento de pago o notificación que recibí solicitando un reembolso a favor del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas. ¿A quién debo contactar?
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Las dudas o preguntas acerca de los requerimientos de pago por reembolsos deben ser dirigidas al centro de atención al teléfono 1-833-989-7368. Al seleccionar la tercera opción en la llamada (“If you are calling about a notice you received regarding recapture, press 3” – Si usted está llamando en relación con una notificación que usted recibió solicitando un reembolso, presione tres), las personas serán redirigidas hacia personal dedicado a los requerimientos de pago por reembolso. Estas personas deben estar preparadas para proveer el número de caso de su aplicación de TRR y verificar su identidad.
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¿Cuál es el período de tiempo permitido para reembolsar fondos cuando se hace un requerimiento?
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De conformidad con las regulaciones federales y los términos y condiciones de participación en el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas establecidas en las certificaciones de TRRP para inquilinos y propietarios de unidades (disponibles en la página de “Forms & Resources” – Formularios y Recursos), TRRP busca un reembolso cuando se determina que se ha hecho un pago por asistencia no elegible o un sobrepago. El período de tiempo para reembolsar dichos fondos está incluido en la notificación de requerimiento de pago por reembolso, y está atado al cronograma establecido en la respectiva certificación de TRRP (15 días para inquilinos y propietarios de unidades, y 30 días para proveedores de servicios públicos).
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¿Qué información relacionada con reembolsos/requerimientos de pago aparecerá en el portal de aplicación del inquilino o del propietario de la unidad?
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La información relacionada con los reembolsos no está incluida en el portal de aplicaciones. Los inquilinos o propietarios de unidades reciben todas las notificaciones acerca de reembolsos relacionados con la asistencia que han recibido, y serán contactados por teléfono si están sujetos al reembolso de fondos. La notificación define quién está sujeto a reembolsar fondos, la cantidad que debe ser reembolsada, el período de tiempo en que se debe efectuar el reembolso, y la razón por la que se requiere este reembolso.
Si los inquilinos o propietarios tienen más preguntas, pueden contactar al centro de atención al teléfono 1-833-989-7368. Al seleccionar la tercera opción en la llamada (“If you are calling about a notice you received regarding recapture, press 3” – Si usted está llamando en relación con una notificación que usted recibió solicitando un reembolso, presione tres), las personas serán redirigidas hacia personal dedicado a los requerimientos de pago por reembolso. Estas personas deben estar preparadas para proveer el número de caso de su aplicación de TRR y verificar su identidad.
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¿Cómo reembolsan los inquilinos, propietarios de unidades, o proveedores de servicios públicos un pago al programa TRR?
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Los reembolsos de pagos por propietarios de unidades, inquilinos, o proveedores de servicios públicos deben hacerse a nombre de Texas Rent Relief Program. El proceso dependerá de si la persona o entidad ha recibido una notificación de requerimiento de pago del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR) o ha identificado por sí misma la necesidad de hacer un reembolso, como se define a continuación:
Motivo/razón del reembolso Cómo reembolsar un pago Incluya la siguiente información con su pago El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR) ha enviado una notificación. Siga las instrucciones en la notificación para devolver el pago y la factura adjunta. El pago puede hacerse por medio de una transferencia ACH, cheque, giro bancario, o cheque certificado. - El número de identificación de caso del inquilino: Este es el número de 6 dígitos que aparece en la factura de TRR después de la letra “L” indicando Landlord payments (pago de propietarios), “T” de Tenant payments (pago de inquilinos), o “U” de Utility Vendor payments (pago de proveedores de servicios públicos);
- La descripción del beneficio duplicado o no elegible (por ejemplo, renta de enero del 2021, factura de gas del mes de febrero, etc.);
- La descripción de por qué se está reembolsando el pago (por ejemplo, se recibió asistencia de un programa de rentas de la ciudad, se recibió asistencia del Programa de Asistencia Integral para la Energía -CEAP- para servicios públicos); y
- La cantidad que se está devuelto.
El propietario, inquilino, o proveedor de servicios públicos identificado debe reembolsar el pago Envíe el cheque, giro, o cheque certificado a la siguiente dirección postal: ATTN: TRR RECAPTURE
PO Box 580314
Houston, TX 77258 -
¿Qué pasa si TRR hace un pago duplicado a ambos el inquilino y el propietario o el inquilino y el proveedor de servicios públicos?
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TRR confirmará con el propietario de la unidad o el proveedor de servicios públicos si han recibido pagos del inquilino. Si el propietario o el proveedor han recibido pagos del inquilino, el propietario o el proveedor deben reembolsar el pago duplicado a TRR. Si el propietario de una unidad o el proveedor de servicios públicos no ha recibido el pago de parte del inquilino, el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas le solicitará el reembolso de fondos al inquilino, ya que el pago no fue utilizado para el propósito establecido.
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¿Qué pasa si únicamente una parte del pago de TRR es duplicado?
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Si únicamente una porción del pago del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas es duplicado o no está elegible, el beneficiario puede aplicar los fondos de TRR para los costos de renta o servicios públicos elegibles para los que fueron aprobados, y reembolsar únicamente la parte duplicada 0 no elegible.
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¿Qué hará el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas cuando identifique un pago que debe ser reembolsado?
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Si TRR identifica un pago duplicado, no elegible o erróneo, TRR enviará al inquilino y al destinatario del pago una notificación con la siguiente información:
- La razón por la cual el pago de dicho beneficio se considera no elegible, duplicado, o inapropiado;
- La descripción del beneficio que debe ser reembolsado (por ejemplo, renta de enero del 2021);
- La cantidad que debe ser reembolsada;
- Cómo se debe efectuar el reembolso; y
- Una fecha límite para cuando se debe haber recibido el pago por reembolso (por ejemplo, dentro de los siguientes diez (10) días calendario de la notificación para hacer un reembolso).
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¿Qué sucede si no reembolso los fondos que me están solicitando?
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El Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR, por sus siglas en inglés) hará una recopilación de los propietarios, inquilinos, y proveedores de servicios públicos que no reembolsen los pagos que les fueron requeridos, y podría compartir esta información con el Departamento del Tesoro o cualquier otra autoridad relevante. Si se solicita un reembolso debido a que los fondos no fueron utilizados para el fin previsto, TRR referirá al beneficiario a la Oficina del Auditor Interno del Estado de Texas y a las autoridades locales encargadas del cumplimiento de la ley.
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El pago de mi asistencia del programa TRRP se hizo directamente al propietario de mi unidad o al proveedor de mis servicios públicos, pero ahora TRR me ha enviado una notificación de que estos pagos deben ser devueltos o reembolsados. Si el propietario de mi unidad o el proveedor de mis servicios públicos no devuelve los fondos, ¿qué sucede conmigo?
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TRR únicamente tomará medidas contra la persona individual a la que el programa le envió directamente los fondos.
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Si el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR, por sus siglas en inglés) solicita un reembolso de pago, ¿qué sucede con cualquier pago o solicitud de asistencia adicional que esté pendiente?
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Si el reembolso de pago se debe a que se le pagó a la persona equivocada, cualquier pago o solicitud de fondos adicionales (AFR, por sus siglas en inglés) para el mismo inquilino que esté pendiente se procesará siguiendo el mismo curso normal de los negocios, independientemente de si el beneficiario incorrecto reembolsa el pago o no. De lo contrario, si el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Texas (TRR, por sus siglas en inglés) solicita un reembolso de pago, cualquier pago o AFR para el mismo inquilino que esté pendiente será detenido hasta que el reembolso haya sido efectuado. Para las solicitudes de fondos adicionales que estén pendientes, si el pago no se realiza después de haber recibido una notificación y haber hecho contacto con el inquilino, este AFR será rechazado.
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¿Qué ocurre si recibo una carta de recaptura por duplicación de prestaciones pero no he recibido fondos de ningún otro programa?
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Si recibe una carta en la que se le solicita que devuelva los fondos a TRR por haber recibido prestaciones duplicadas, puede impugnar la recaptura en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la carta de recaptura siguiendo el proceso de impugnación indicado en la FAQ ID: 1167.